El Estatuto del Consumidor obliga por ley a las gasolineras a disponer al menos de un trabajador, debidamente formado, mientras permanezcan abiertas y en servicio, en lo que se excluye a las cooperativas agrarias cuando vendan a sus socios. Las estaciones de servicio, según la ley, tienen una moratoria de tres meses para adaptarse.
De esta manera, las personas con discapacidad que no puedan acceder al suministro de carburantes y combustibles serán atendidas por una persona responsable de las instalaciones.