El Gobierno y el PSOE pactan el mecanismo de devolución de las cláusulas suelo

18 de Enero de 2017
Actualizado: 19 de Enero de 2017 a las 17:42
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El Gobierno y el PSOE han pactado el mecanismo para articular la devolución por parte de los bancos del dinero cobrado por las cláusulas suelo de las hipotecas que sean abusivas después de que la justicia europea fallara en contra de las entidades. El Ejecutivo prepara un Real Decreto, que previsiblemente se aprobará este viernes, para fijar el sistema y ha llegado a un acuerdo con el principal grupo de la oposición. No se tramitará como proyecto de ley por lo que entrará en vigor en poco tiempo, según fuentes socialistas consultadas. La rapidez de la puesta en marcha del mecanismo es otro de los asuntos clave tanto para el Gobierno como para el PSOE para evitar la judicialización de un asunto que afecta a 1,4 millones de clientes.

Entre las novedades del texto está que el banco deberá informar a todos los clientes con cláusulas suelo de que se ha abierto este proceso de reclamación, que siempre se considerará voluntario. "En el caso de que la entidad considere que la devolución no es procedente, comunicará las razones en que se motiva su decisión, en cuyo caso se dará por concluido el procedimiento extrajudicial", dice el borrador del decreto. Es decir, aunque todos los bancos estén obligados a informar de que su cliente tiene una cláusula suelo, si consideran que no es opaca, (como sostiene el Banco Sabadell), la ley no exigirá que las entidades devuelvan el dinero.

Algunos bancos, como el BBVA, consideran que, aunque están condenados por el Supremo específicamente, cuentan con una parte de sus clientes que son profesionales financieros, notarios o registradores de la propiedad entre otras ocupaciones, por lo que pudieron entender perfectamente la cláusula y consideran que no están obligados a devolver la cláusula. En este caso, el cliente tiene el recurso de acudir a los tribunales.

Además del importe cobrado de más, también deberá devolverse los intereses de demora. El mecanismo deberá ponerse en marcha en el plazo de un mes desde su aprobación. Una vez que la entidad reciba la reclamación del cliente tendrá tres meses para presentarle una oferta en firme. Si en este tiempo no se llega a un acuerdo, se entiende que el proceso de mediación está acabado y se puede iniciar el proceso judicial.

Para frenar demandas masivas de los nuevos despachos de abogados, e incentivar que se busque un acuerdo rápido y extrajudicial, la norma establecerá que el banco no podrá ser condenado a costas si el cliente rechaza la oferta del banco y el juez le ofrece lo mismo o menos que lo que le daba la entidad. Si el juzgado le concede más dinero, el banco sí pagaría las costas. Este coste judicial puede llegar a ser tan costoso como el importe de la reclamación, por lo que a los bancos no les interesa perder los juicios.

 

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