El PSOE en Bembibre pide la dimisión de Otero tras la anulación del TSJCyL del contrato con Clece para la gestión de piscinas y residencia

La sentencia reconoce que Otero y Clece aprovecharon la prórroga del contrato de la gestión de las piscinas y la residencia de ancianos en 2013 para modificarlo y que ninguna otra empresa pudiera licitarlo.

26 de Abril de 2016
Actualizado: 27 de Abril de 2016 a las 11:02
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psoe 555 Gerardo Álvarez Courel y Silvia Cao (Víctor Alón)

 

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha dictado sentencia firme anulando el acuerdo adquirido entre el Ayuntamiento de Bembibre y la empresa Clece en 2013 con respecto a la prórroga del contrato de la gestión de las piscinas climatizadas y la Residencia de la 3ª Edad ubicada en el Santo. Por este mismo motivo, y sin que quepa apelación alguna por la parte contraria, el grupo municipal socialista de la capital del Bierzo Alto ha exigido este martes "la inmediata dimisión del alcalde popular, José Manuel Otero Merayo, por el cúmulo de infracciones por encima de la ley".

La portavoz del PSOE en Bembibre, Silvia Cao, ha señalado que el grupo presentará ambas sentencias en el Juzgado de Guardia de Ponferrada "para que sea este el que estime las responsabilidades penales a las que haya lugar". Asimismo, ha recordado que ya no existe posibilidad de presentar ningún recurso, porque "la sentencia es en firme y ahora lo que le toca al Ayuntamiento y a Clece es pagar las costas judiciales y el recurso de apelación", además de explicar a los ciudadanos "quién se beneficia de todas estas ilegalidades", insistió.

Una prórroga sin informe jurídico ni económico 

Cabe recordar que el contencioso ya anuló el acuerdo de la Junta de Gobierno de Bembibre el 11 de abril de 2013, en el cual se prorrogaba a la empresa Clece el contrato de explotación de las piscinas climatizadas y de la Residencia de la 3ª Edad del Santo. En ese momento, las piscinas solo cerraban durante el mes de agosto, pero el alcalde de la villa aceptó la propuesta de que estuvieran inactivas de junio a septiembre a cambio de que Clece también gestionase las piscinas de verano. "Esta adjudicación", lamenta Cao, " se produjo a dedo sin tramitar ningún expediente de contratación y sin ningún informe económico que justificase tal desequilibrio". Por su parte, y tras la oposición del PSOE, Manuel Otero siguió adelante con la irregularidad, asegurando "que esta acción ahorraría cientos de miles de euros al Ayuntamiento, concretamente 125.000 euros".

Por esta razón, el grupo socialista decidió tomar las vías legales y "acudir al juzgado para descubrir las dobles intenciones del alcalde popular". En este sentido, la portavoz reitera en varias ocasiones que "con las dos sentencias en la mano a nuestro favor" se evidencia la "gestión de Otero y de los disparates cometidos". Por las piscinas, el Ayuntamiento pagaba a Clece 154.00 euros y por la residencia, al contrario, pagaba Clece al Ayuntamiento 121.000 euros anuales. "Es decir, lo que el Ayuntamiento pagaba a Clece eran 33.000 euros y no 158.000 euros, que era lo que estimaba Otero en el desequilibrio económico y que realmente no era así", explicó este martes Silvia Cao.

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La sentencia de TSJCyL recoge, literalmente, que "Otero y Clece aprovecharon una supuesta prórroga del contrato para modificarlo sustancialmente contra el principio de libre concurrencia a la contratación pública, es decir, evitaron que cualquier otra empresa pudiera licitar por el contrato. Otero y Clece redujeron el precio del servicio sin motivación alguna y en vez de restablecer el supuesto desequilibrio económico modificando las tarifas, como estaba previsto en el contrato, se cedió la explotación de las piscinas descubiertas de Pradoluengo que no estaban incluidas, realizando una nueva adjudicación sin procedimiento alguno".

Prosigue, destacando que es de especial gravedad "que en el expediente de la prórroga acordada no hay ningún informe jurídico ni económico. Tampoco consta la preceptiva fiscalización previa de los actos administrativos de contenido económico, ni la necesaria propuesta de modificación ni la prestación por el empresario de las garantías previstas por la ley", así como que "el acuerdo entre Otero y Clece se basa en la estimación por el alcalde de un supuesto recurso extraordinario de revisión fuera de todos los plazos de impugnación y basado en un error de hecho inexistente".

Finaliza así la sentencia, según leyó la portavoz socialista, diciendo que "sin que concurra causa legal para ello, la connivencia entre Otero y Clece queda perfectamente demostrada para que nadie más supiera del negocio. El cúmulo de infracciones legales es tal que al haberse prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido se declara la nulidad absoluta de la actuación administrativa y se condena al Ayuntamiento y a Clece a pagar las costas del juicio inicial y del recurso de apelación".

"Por supuesto", concluyó Silvia Cao, el Ayuntamiento tendrá que dar marcha atrás a todo el proceso y volver a adjudicar los servicios.