Nueva sentencia en Ponferrada que anula un contrato de 27.000 euros en subordinadas de Caja España

La entidad financiera debe abonar la cantidad íntegra del contrato suscrito, los intereses y hacerse cargo de las costas del juicio, según la sentencia del Juzgado nº 4 de Ponferrada

25 de Febrero de 2014
Actualizado: 09 de Marzo de 2015 a las 19:51
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El Juzgado nº 4 de Ponferrada ha dictado una nueva sentencia sobre obligaciones subordinadas de Caja España condenando al Banco Ceiss a devolver a una clienta ponferradina la cantidad de 27.000 euros, más los intereses legales desde la fecha de suscripción, en el año 2010. Asimismo, la entidad financiera deberá hacerse cargo de las costas del juicio.

La defensa de la demandante ha sido dirigida por el letrado Hermenegildo Fernández Domínguez. La demanda se había interpuesto en junio de 2013.

Esta sentencia fija como nula la suscripción de subordinadas, lo cual comporta automáticamente la nulidad de los contratos de compra de valores de obligaciones subordinadas.

El motivo de la nulidad del contrato es que la contratante los “firmó sin leerlos, en base a la confianza depositada en el personal de la sucursal contratante”.

Además la sentencia considera que a través de la actuación de la entidad financiera, los canjes “se suscribieron sin explicación alguna de las características esenciales, omitiendo los altos riesgos que conllevaban, a pesar de que se trata de un producto complejo de alto riesgo, faltando así a la transparencia en las prácticas bancarias e incluyendo cláusulas abusivas y oscuras”.

La sentencia puede ser recurrida por la entidad bancaria en el plazo de 20 días hábiles.