Vega de Espinareda convoca ayudas para financiar libros de texto, fomento de la natalidad y situaciones emergencia social

El consistorio hace oficial las ayudas, recogidas en el BOP de este martes. Hasta 150€ por niño en las de libros escolares, y 200€ para las solicitudes de ayuda de emergencia, que podrán ser reiterativas, y 150 € por nacimiento empadronado en el municipio.

20 de Agosto de 2014
Actualizado: 20 de Octubre de 2014 a las 22:32
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El consistorio hace oficial ambas ayudas, recogidas en el BOP de este martes. Hasta 150€ por niños en las ayudas para libros escolares, y 200€ para las solicitudes de ayudas de emergencia, que podrán ser reiterativas.

 

La primera de ellas destinada a financiar libros de texto de alumnos que cursen Educación Infantil, Primaria y E.S.O. durante el curso 2014-2015. (Acceso a BOP)
El importe total para esta partida municipal es de 1.800€ a un máximo de 150€ por niños. El plazo máximo de presentación de solicitudes, que se pueden recoger en el consistorio o descargar en el BOP, finaliza el 30 de septiembre.

Como condiciones para acceder a esta subvención:
1.-En el momento de la solicitud, los beneficiarios, titulares del Libro de Familia, deberán estar empadronados en el ayuntamiento vega de Espinareda, y al menos uno de ellos deberá contar con una antigüedad mínima de un año, al igual que el alumno.

2.-Que en su unidad familiar concurran las siguientes circunstancias económicas:
a) Unidades familiares de un solo miembro si su renta anual bruta per cápita no excede del
IPREm vigente en el momento de la solicitud de la ayuda.
b) Unidades familiares de más de un miembro si su renta bruta no excede del IPREm vigente en el momento de la solicitud de la ayuda, más un 15% del IPREm por cada uno de los miembros adicionales de la unidad familiar.

 

Por otro lado, el consistorio también pone en marcha la concesión de ayudas económicas a personas en situación de emergencia o de urgente necesidad social cuyos recursos resulten insuficientes para hacer frente a gastos de carácter ordinario o extraordinario, necesarios para prevenir, evitar o paliar situaciones de marginación social. (ver BOP)

Como requisitos, recoge el BOE:
a) Personas mayores de 18 años, excepto aquellas que tengan a su cargo a personas que dependen económicamente de ellas o sean huérfanas de padre y madre.
B) Que tengan la condición de vecino o vecina del municipio de vega de Espinareda, debiendo estar empadronado con un mínimo de antelación de dos años a la fecha de la solicitud.
c) Que se encuentren en situación de emergencia o urgente necesidad y siempre que el recurso mediante el cual se pretende resolver la situación sea adecuado para el fin perseguido y esté previsto en esta convocatoria.

Eso sí, estas ayudas sólo se podrán recibir, siempre que no existan o se hayan agotado todas las posibilidades de obtención de ayudas por otros cauces; Que no hayan rechazado una oferta de empleo o curso de formación, así como aquellas actuaciones estipuladas por los servicios sociales encaminadas a la inserción laboral.

Las ayudas económicas irán destinadas a cubrir gastos de alojamiento temporal y de mantenimiento de vivienda ante necesidades sociales constatables, siniestros o emergencia; Hipoteca de vivienda; Mantenimiento de vivienda por quienes carezcan de medios
económicos para hacer frente a los gastos de agua, luz o combustible.

La ayuda será de un máximo de 200€ y podrán solicitarse en varias ocasiones a lo largo del ejercicio, siempre cumplimentando solicitud a cada una de ellas.

 

Por último, el Ayuntamiento de Vega de Espinareda ha convocado las ayudas para el fomento de la natalidad con el fin de apoyar a las unidades familiares del municipio y, al mismo tiempo, ayudar a fijar población dentro del territorio, evitando así el despoblamiento que se viene sufriendo en las zonas rurales de la comunidad. El crédito asignado a esta convocatoria es de 1.000 euros, partida incluida en los presupuestos de 2014, mientras que la ayuda por cada nacimiento será de 150 euros.

En el momento de la solicitud, los beneficiarios deberán estar empadronados en el Ayuntamiento de Vega de Espinareda, y al menos uno de ellos deberá contar con una antigüedad mínima de un año. El recién nacido o adoptado tendrá que inscribirse en el padrón municipal del municipio y el padre o los padres tendrán que comprometerse a continuar empadronados, tanto ellos como el menor, por un periodo de dos años desde el nacimiento o adopción. El empadronamiento conllevará la residencia efectiva, por lo que los beneficiarios y sus hijos tendrán que residir de manera habitual en el municipio.