Adolfo Canedo declarará el 9 de julio en la Audiencia Provincial de León por un presunto delito de falsedad documental

La apertura de juicio oral por esta causa llevó al exalcalde de Cacabelos a solicitar su baja de militancia en el PP

13 de Junio de 2018
Actualizado: 15 de Junio de 2018 a las 10:30
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La Audiencia Provincial de León ha señalado para el próximo 9 de julio a las 11.30 horas, el juicio oral contra Adolfo Canedo Cascallana, exalcalde de Cacabelos por el Partido Popular, por un presunto delito de falsificación en documento oficial con un delito de estafa procesal en grado de tentativa, y contra la exsecretaria interina durante parte del gobierno del PP, por un delito de falsedad documental. Por este motivo, el propio Canedo solicitó el pasado mes de enero su baja como militante de la formación, por lo que desde entonces ocupa asientos como representante no adscrito tanto en el Ayuntamiento de Cacabelos como en el Consejo Comarcal del Bierzo. En ambas entidades ejercía hasta esa fecha como portavoz del PP. El juicio llega ya a menos de un año de las elecciones municipales de mayo de 2019.

Según la Fiscalía, los dos acusados “confeccionaron de mutuo acuerdo y a sabiendas de faltar a la verdad, un certificado en donde constataban que no se ha encontrado documento relativo a si desde el año 2001 a la actualidad todos los funcionarios que se encontraban en incapacidad temporal y durante la totalidad de la duración de esta situación percibía el 100% sus retribuciones respecto al mes anterior al de causar baja, al igual que el resto del personal laboral o contratado al servicio del Ayuntamiento”. Y omitieron tanto “el envío como la mención alguna de las nóminas de los funcionarios y personal laboral del Ayuntamiento que durante el periodo señalado en el certificado si habían percibido el 100% de sus retribuciones respecto del mes anterior al de causar baja”.

La Fiscalía solita cinco años de prisión para Adolfo Canedo Cascallana por un presunto delito de falsificación en documento oficial con un delito de estafa procesal en grado de tentativa, una multa de 18 meses con una cuota de 20 euros, e inhabilitación especial para el ejercicio de sus funciones como alcalde de ayuntamiento durante el tiempo de 5 años. Y para la exsecretaria interina, 4 años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio de sus funciones como secretaria de ayuntamiento durante el tiempo de 3 años, y una multa de 20 euros diarios durante doce meses.

El delito de falsificación de documentos públicos por parte de un alcalde está penado, según el artículo 390 del Condigo Penal, con prisión de 3 a 6 años, con multa de 6 a 24 meses, y con inhabilitación de 2 a 6 años.