AEMET eleva a riesgo extremo la posibilidad de incendios forestales en Castilla y León y la Junta declara peligro medio

La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, ha comunicado este viernes a través del BOCYL, el nivel de riesgo de incendio muy alto y extremo según la información de la AEMET y la entrada en vigor de determinadas medidas preventivas, así como la declaración de época de peligro medio.

31 de Marzo de 2023
Actualizado: 02 de Abril de 2023 a las 00:16
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riesgo incendios forestales
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La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, ha comunicado este viernes a través del BOCYL, el nivel de riesgo de incendio muy alto y extremo según la información de la AEMET y la entrada en vigor de determinadas medidas preventivas, así como la declaración de época de peligro medio.

 



 

Al respecto, el Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales, modificó la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, incorporando una nueva redacción del artículo 48 sobre planificación para la prevención y defensa ante el riesgo de incendios forestales, que en su apartado 6 añadía la redacción.

"Cuando, de acuerdo con la información meteorológica de la Agencia Estatal de Meteorología, sea predecible en un determinado ámbito territorial un riesgo de incendio de nivel muy alto o extremo, las comunidades autónomas deberán aplicar inmediatamente las prohibiciones y limitaciones de circulación y acceso establecidas en sus de planes de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales y, en todo caso, las siguientes: encender fuego en todo tipo de espacios abiertos, La suspensión temporal, en tanto se mantenga el referido riesgo, de todas las autorizaciones concedidas de quema de rastrojos, de pastos permanentes, de restos de poda, y de restos selvícolas. Encender fuego en las áreas de descanso de la red de carreteras, así como en zonas recreativas y de acampada, incluidas las zonas habilitadas para ello, la utilización de maquinaria y equipos en los montes y en las áreas rurales situadas en una franja de 400 metros alrededor de aquellos, cuyo funcionamiento genere deflagración, chispas o descargas eléctricas, salvo que el órgano competente de la Administración autonómica haya autorizado expresamente su uso o resultennecesarias para la extinción de incendios, la introducción y uso de material pirotécnico, Arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier clase de material susceptible de originar un incendio".

Además, se ha declarado época de Peligro Medio de incendios forestales en Castilla y León. Con las siguientes medidas preventivas asociadas: Suspensión de todas las autorizaciones y comunicaciones de quema de vegetación y restos vegetales como también el refuerzo del personal de guardia y de los medios desplegados en las comarcas de más riesgo.