Castilla y León permitirá la apertura del ocio nocturno hasta las 2:00 y con un tercio del aforo

Amplía la hora de cierre de la hostelería hasta las dos de la mañana y los aforos del comercio serán del 75%

10 de Junio de 2021
Actualizado: 13 de Junio de 2021 a las 13:12
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bar ocio nocturno
bar ocio nocturno
Miriam Chacón / ICAL. El vicepresidente, portavoz y consejero de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior, Francisco Igea, comparece en rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno.

 

La Junta de Castilla y León permitirá la apertura del ocio nocturno con un aforo máximo de un tercio en interiores y amplía el horario de cierre de la hostelería y restauración y sociedades gastronómicas, así como de las atracciones de feria y las casas de apuestas, hasta las dos de la madrugada, si bien no podrán admitir nuevos clientes a partir de la una.

El consumo en estos establecimientos se mantiene con prohibición de consumir en la barra y un máximo de 10 personas por mesa.

El Consejo de Gobierno aprobó la modificación de un acuerdo de mayo para introducir cambios en el plan de medidas de prevención y control de la pandemia del COVID-19. Las modificaciones entrarán en vigor mañana, tras su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).

También se sitúan el aforo máximo de los locales comerciales y de servicios al público, así como en las zonas comunes de los centros comerciales en el 75%. Los alojamientos turísticos no hoteleros, las casas rurales, podrán acoger hasta 12 personas, de tres grupos de convivencia estable.

Además, en los mercados al aire libre los aforos máximos serán también del 75%. Finalmente, se elimina la obligación de realizar una desinfección diaria de los parques y zonas deportivas de uso público, si bien deberá higienizarse más de lo previsto en los planes generales de limpieza de cada municipio.

En el ámbito normativo referido a discotecas y resto de establecimientos de ocio nocturno, en el nivel 1 de alerta pandémica, las discotecas y salas de fiestas, para consumo interior, podrán estar abiertas siempre que no se supere el 50% del aforo, mientras que para pubs, karaokes, bares especiales y otros, se mantiene al 75 % de su aforo. El consumo dentro de los locales enunciados, así como en sus terrazas al aire libre, deberá realizarse siempre de acuerdo con las medidas para los establecimientos de hostelería, restauración y sociedades gastronómicas en vigor.

Esta decisión viene dada tras el acuerdo al que se llegó el pasado miércoles en el Consejo Interterritorial de Salud en el que el Ministerio dejó en manos de las comunidades las restricciones para la hostelería y ocio nocturno siendo lo acuerdo firmado por unanimidad tan solo "recomendaciones".