Según recoge la sentencia, los hechos sucedieron en el verano de 2011, cuando la menor tenía 14 años y se encontraba en casa de su tío y a su cuidado porque la madre estaba de viaje. El hombre, prevaliéndose de su relación y confianza hizo que ésta consumiera una notable cantidad de alcohol y cuando se encontraba mareada y muy afectada su capacidad de reacción abusó sexualmente de ella varias veces a lo largo de la noche.
La madre de la menor interpuso la correspondiente denuncia al día siguiente de los hechos y en la vista oral el acusado reconoció los hechos. La Audiencia, además de condenar al agresor a una pena de siete años, seis meses y un día de prisión por un delito continuado de abusos sexuales, le prohíbe acercarse o mantener cualquier tipo de comunicación con la víctima durante 15 años, y le obliga a indemnizarla con 50.000 euros.
También le aplica la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas (injustificado retraso notable, excepcional y desproporcionado en la tramitación de la causa, por parte de los juzgados). Esta sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.