El BOP publica las bases para una plaza de conserje en el Ayuntamiento de Ponferrada

Es objeto de las presentes Bases la convocatoria de pruebas selectivas, mediante el sistema de oposición libre, para la cobertura con carácter interino de una plaza de conserje, de la plantilla de funcionario del Ayuntamiento de Ponferrada (León), perteneciente a la escala de la administración Especial; dotada con unas retribuciones equivalentes al grupo AP (Asociaciones Profesionales) de clasificación, nivel de complemento de destino 14, según artículo 76 del real Decreto Legislativo de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

26 de Enero de 2022
Actualizado: 27 de Enero de 2022 a las 20:11
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Ayuntamiento Ponferrada 1200
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El Ayuntamiento de Ponferrada ha aprobado mediante el Boletín Oficial Provincial en la mañana de este miércoles, la convocatoria y bases específicas que han de regir la provisión en propiedad de una plaza de conserje , mediante sistema de oposición en turno libre vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Ponferrada.

Es objeto de las presentes Bases la convocatoria de pruebas selectivas, mediante el sistema de oposición libre, para la cobertura con carácter interino de una plaza de conserje, de la plantilla de funcionario del Ayuntamiento de Ponferrada, perteneciente a la escala de la administración Especial; dotada con unas retribuciones equivalentes al grupo AP (Asociaciones Profesionales) de clasificación, nivel de complemento de destino 14, según artículo 76 del real Decreto Legislativo de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

La relación funcionarial en la modalidad de interinidad, lo será en base a lo dispuesto en el artículo apartado para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se dé la circunstancia, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, para el caso de “ La existencia de plazas vacantes, cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera, por un periodo máximo de tres años ”.

Oposición, al amparo de lo dispuesto en el real Decreto y se regirá por las normas contenidas en las presentes Bases y textos normativos que le sean de aplicación.

Estará, además sujeta a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades de Personal al Servicio de las administraciones Públicas y no podrá simultanear el desempeño de aquella con el de cualesquiera otras plazas, cargos o empleos remunerados con fondos del ayuntamiento de Ponferrada, del Estado, de las comunidades autónomas, de Entidades o corporaciones Locales, o de empresas que tengan carácter oficial o relación con dichos organismo, aunque los sueldos tengan carácter de gratificación o emolumentos de cualquier clase, ni con el ejercicio de actividades privadas, salvo autorización expresa de compatibilidad, cual sea legalmente
posible.

Las presentes Bases tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la constitución Española, el real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.

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