El Equipo de Gobierno de Bembibre abre el proceso para cubrir 7 plazas de empleo municipal

Según publica el BOP, el Ayuntamiento de Bembibre aprueban las bases y la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal para cubrir, mediante el sistema de concurso, 1 plaza de auxiliar recursos humanos, 1 plaza de profesor de Escuela Municipal de Música especialidad saxofón, clarinete y banda; 1 plaza de profesor de la Escuela Municipal de Música especialidad guitarra, pulso púa; 1 plaza de profesor de la Escuela Municipal de Música especialidad, gaita, baile y percusión tradicional; 1 plaza de instructor de Escuela Municipal de Música: acordeón, 1 plaza de oficial de fontanería y 1 plaza de conserje de museo.

01 de Febrero de 2023
Actualizado: 03 de Febrero de 2023 a las 12:01
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El PP de Bembibre rechaza que el exalcalde y dos concejalas hayan incurrido en algún delito al cobrar por asistir a juntas de coordinación
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Según publica el BOP, el Equipo de Gobierno de Bembibre aprueban las bases y la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal para cubrir, mediante el sistema de concurso, 1 plaza de auxiliar recursos humanos, 1 plaza de profesor de Escuela Municipal de Música especialidad saxofón, clarinete y banda; 1 plaza de profesor de la Escuela Municipal de Música especialidad guitarra, pulso púa; 1 plaza de profesor de la Escuela Municipal de Música especialidad, gaita, baile y percusión tradicional; 1 plaza de instructor de Escuela Municipal de Música: acordeón, 1 plaza de oficial de fontanería y 1 plaza de conserje de museo.

 



 

Es objeto de las bases la regulación de los aspectos comunes para la convocatoria y proceso de selección de personal funcionario de carrera y personal laboral fijo, mediante procedimiento de estabilización de empleo temporal de la Disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, dentro del marco general de ejecución de la Oferta Pública de Empleo extraordinaria, aprobada por Resolución de Alcaldía.

Las instancias solicitando tomar parte en el concurso, en las que los/as aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la Base Tercera de la convocatoria, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Previamente, se publicarán íntegramente las Bases de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LEÓN (B.O.P.) y Boletín Oficial de Castilla y León (B.O.C. y L.). La no presentación de las instancias en tiempo y forma supondrá la exclusión de los/as aspirantes.
Las instancias también podrán presentarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los procesos de selección se realizarán de conformidad con los sistemas establecidos en el artículo 2.1 y la disposición adicional sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Sistema de selección mediante CONCURSO:
Ese sistema se aplicará conforme establece la disposición adicional sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público a:
– Las plazas que reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
– Las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016.
Consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, de conformidad con el baremo que se indica en las presentes Bases.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud de participación o no acreditados documentalmente durante el plazo de presentación.