La presentación del recurso tuvo lugar a finales de noviembre del año pasado y el fallo se ha conocido en febrero. El Tribunal Europeo considera en su resolución que ninguno de los derechos básicos de Triana resultaron lesionados en el transcurso de la causa.
Estrasburgo opina también que en el juicio del caso Carrasco el tribunal fue “imparcial”, se respetó la presunción de inocencia y se juzgó la causa en un periodo de tiempo razonable y sin dilaciones, con garantías procesales debidas. Igualmente, señala, siempre según el rotativo, que hubo un principio de proporcionalidad de las penas acorde a los hechos demostrados en la investigación.
Además, sostiene quie se garantizaron los derechos, ya que la condenada recurrió las sentencias que consideró injustas ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de casación ante el Tribunal Supremo y de amparo ante el Tribunal Constitucional.
Por todo ello, establece como firme y definitiva la condena a 20 años de prisión que actualmente cumple en el Centro Penitenciario Provincial de Valladolid, al que fueron trasladadas madre e hija después de que iniciaran el cumplimiento de su pena en el Centro Penitenciario de Villahierro desde el día 14 de mayo de 2014.