Entra en vigor el real decreto que elimina la obligatoriedad de la mascarilla en interiores tras publicarse en el BOE

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este miércoles el real decreto por el que se elimina la obligatoriedad del uso de mascarilla en interiores y que entra así en vigor, ya que en esta ocasión lo hace desde el mismo día de su publicación y no al siguiente como suele ser habitual.

20 de Abril de 2022
Actualizado: 22 de Abril de 2022 a las 10:45
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este miércoles el real decreto por el que se elimina la obligatoriedad del uso de mascarilla en interiores y que entra así en vigor, ya que en esta ocasión lo hace desde el mismo día de su publicación y no al siguiente como suele ser habitual.

La ministra de Sanidad, Carolina Darias, aludió el martes a la "altísima cobertura vacunal" en España y la positiva evolución epidemiológica de la covid-19 para justificar la eliminación de la obligatoriedad del uso de mascarilla en interiores, aunque pidió su "uso responsable", sobre todo cuando afecte a personas vulnerables.

Además, su uso seguirá siendo obligatorio en las áreas asistenciales, como los centros de salud, hospitales, centros de transfusión de sangre y farmacias, tanto para los trabajadores como visitantes, así como en el caso de las personas ingresadas que compartan espacios comunes, para proteger a las personas vulnerables.

También habrá que utilizarlas en los centros sociosanitarios. "No es obligatorio su uso para las personas que viven en residencias porque son sus domicilios, pero si deberán usarlas los trabajadores y los visitantes", aclaró la ministra.

Del mismo modo, "será obligatorio el uso de mascarilla en todos los transportes públicos" aunque no en los andenes y estaciones de viajeros. Sí habrá que llevar mascarilla dentro de los trenes, autobuses, aviones e incluso en los barcos cuando no se pueda mantener la distancia de metro y medio.

 

ESPACIOS CON USO DE MASCARILLA OBLIGATORIA

 

La mascarilla para evitar posibles contagios seguirá siendo obligatoria en las áreas asistenciales, centros de salud, hospitales, centros de transfusión de sangre y farmacias, tanto para los trabajadores como visitantes. También será obligatoria para las personas ingresadas que se encuentren compartiendo espacios comunes con el fin de proteger a las personas vulnerables.

Por otro lado, seguirá siendo obligatoria en centros sociosanitarios para trabajadores o visitantes, pero no para las personas que se encuentren viviendo en ellos. Además, la vigencia de obligatoriedad estará presente en los transportes públicos (no en andenes y estaciones), pero sí dentro de los trenes, autobuses, aviones, y barcos cuando no seas posible mantener la distancia de metro y medio.

 

ESPACIOS CON USO DE MASCARILLA NO OBLIGATORIA

 

La mascarilla dejará de ser obligatoria para aquellas personas que tengan algún tipo de patología o dificultad respiratoria, como también personas que por su situación de discapacidad o dependencia, no posean autonomía para quitarse la mascarilla o presenten alteraciones de conducta que hagan que su uso fuera inviable.

Tampoco serán obligatorias las mascarillas en el trabajo, aunque los especialistas en prevención de riesgos laborales, podrían establecer medidas preventivas que consideren oportunas.

En esta línea no será preciso el uso de mascarilla en el ámbito educativo, "en ningún caso", explica Darias. Como tampoco existirá la obligación de su uso en restaurantes, comercios, bares, instalaciones deportivas, cines o teatros.