Estas son las mascotas que no podrás tener con la nueva ley de bienestar animal

Dentro del mundo de animales de compañía, los más recurrentes por excelencia son hoy en día los perros y los gatos. Pero esto no quita que haya una infinidad de posibilidades para tener una mascota diferente. Con la entrada en vigor de la nueva ley de bienestar animal, aprobada por el Consejo de Ministros el pasado mes de agosto, va a cambiar de forma notable.

17 de Noviembre de 2022
Actualizado: 19 de Noviembre de 2022 a las 11:14
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Dentro del mundo de animales de compañía, los más recurrentes por excelencia son hoy en día los perros y los gatos. Pero esto no quita que haya una infinidad de posibilidades para tener una mascota diferente. Con la entrada en vigor de la nueva ley de bienestar animal, aprobada por el Consejo de Ministros el pasado mes de agosto, va a cambiar de forma notable.


La norma establece que todo animal que quede incluido en la lista de permitidos, debe pertenecer a una especie que sea fácil de atender en cuanto a su ambiente, su comportamiento y sus necesidades fisiológicas. Será también necesario que haya datos científicos sobre el manejo de la especie en cautividad; que no suponga un riesgo para las personas por su agresividad y que no exista ningún indicio de que si el animal se escapa, o se abandona, pueda colonizar hábitats y causar daños.


De acuerdo con estas premisas, los animales que a partir de ahora no podrán ser mascotas son:




  • Conejos y roedores: hámsteres, conejos, chinchillas y cobayas.

  • Tortugas: existen especies protegidas y vulnerables.

  • Arañas: son peligrosas porque pueden transmitir enfermedades contagiosas para los humanos.

  • Erizo: es considerado como un peligro para otras especies autóctonas.

  • Cerdo vietnamita

  • Reptiles tóxicos: iguanas, camaleón, serpientes, geckos, u otros reptiles en las categorías de especies no autóctonas.

  • Aves: periquitos, cotorras o agapornis.


 


La nueva ley contempla además el endurecimiento de las penas existentes contra el maltrato animal:




  • En caso de que el animal fallezca, se establecen penas de cárcel de entre 18 y 24 meses para los responsables.

  • En caso de existir más de un agravante, la pena se extiende hasta los 36 meses.

  • Inhabilitación para vivir o trabajar con animales de entre cinco y diez años.

  • Endurecimiento de las multas que, a partir de ahora, se clasifican en función de la gravedad de los hechos: las infracciones leves tendrán una sanción de entre 500 y 10.000 euros; las graves de 10.001 a 50.000 euros y las muy graves partirán de 50.001 hasta 200.000 euros.


La nueva ley, cuyo texto definitivo tendrá que aprobar Congreso y Senado, establece la prohibición de dejar solos a los perros más de 24 horas, así como que los animales, en general, estén de forma permanente en terrazas, trasteros, sótanos o vehículos. Tampoco se permite que estén tres días seguidos sin supervisión.


Se prohíbe, igualmente, sacrificar mascotas sin causa justificada, y será de obligado cumplimiento esterilizar a las mascotas que no convivan con sus dueños, con el objetivo de limitar la cría descontrolada. El seguro será obligatorio para todas las personas que tengan un perro y habrán de hacer «un curso de formación para la tenencia de perros con una validez indefinida». La norma también prohíbe el comercio con animales, así como que estos sirvan como entretenimiento en las atracciones de ferias y espectáculos que les causen «angustia, dolor o sufrimiento».