En concreto, el tribunal de Luxemburgo ha desestimado el recurso que la compañía había interpuesto por la sanción adoptada en 2017. La sentencia conocida este miércoles es, sin embargo, recurrible ante el Tribunal de Justicia, la mayor instancia de la Justicia europea.
En la sentencia de este miércoles, los jueces europeos reconocen en primer lugar la "naturaleza anticompetitiva" en la forma de actuar de Google con respecto a su servicio de comparación de precios.
La posición dominante, explican, no es en sí misma un aspecto de "crítica", pero favorecer la posición de Google Shopping en detrimento de sus competidores viola el principio de "competencia por méritos".
En segundo lugar, la sentencia subraya que el Ejecutivo comunitario concluyó con acierto que el comportamiento de Google tenía consecuencias perjudiciales para la competencia. En este sentido, rechaza también el argumento de la multinacional que defendía que el mercado de comparadores de compra seguía siendo "fuerte" por la presencia de plataformas de compra.
Con respecto a este último punto, el tribunal con sede en Luxemburgo confirma que estas plataformas no desarrollan su actividad en el mismo mercado que los servicios de comparación de compras, avalando así el análisis de los servicios comunitarios.