La convocatoria de concurso abierto y permanente se configura como única, con una vigencia temporal que se mantiene a través de resoluciones de adjudicación que coincidirán con el mes de diciembre de cada año. La primera resolución anual será la correspondiente al año 2020. La orden recoge que las plazas que se pueden adjudicar en este concurso son todas las que se encuentren vacantes a fecha 30 de junio de cada año.
Además, precisa que no podrán adjudicarse las plazas hasta que adquieran la condición de vacantes a efectos del concurso. En ningún caso podrán adjudicarse las plazas para las que se haya iniciado procedimiento de amortización. La fecha de referencia de méritos será el 1 de febrero de cada año natural.