La Junta publica la lista de beneficiarios de ayudas al alquiler que dejan fuera a 2.235 solicitantes al agotarse el presupuesto

23 de Octubre de 2017
Actualizado: 30 de Octubre de 2017 a las 10:36
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Ayudas-al-alquiler
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El Boletín Oficial de Castilla y León publica en su edición de hoy la lista de beneficiaros de la ayudas al alquiler de vivienda convocadas por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y dotadas en global con algo más de 14,7 millones de euros.

La Junta de Castilla y León ha concedido 10.533 ayudas al alquiler de las 18.305 presentadas dentro de la convocatoria correspondiente al año 2017, mientras que 2.235 personas que sí que cumplían los requisitos han quedado en lista de espera debido a que se ha cubierto el presupuesto de 14.785.102 euros, por lo que la aportación media anual es de 1.404 euros para cada beneficiario, un 8,1 por ciento más que en 2016.

La orden publicada hoy en el Bocyl también se podrá consultar en la página web de la Junta de Castilla y León, donde el resto de solicitantes podrán conocer los motivos por los cuales no han resultado beneficiarios.

 

Trámites para los beneficiarios

Los beneficiarios deberán presentar en el plazo máximo la documentación justificativa del pago de la renta correspondiente a la totalidad del período subvencionable que comprende desde el mes de agosto de 2016 hasta el mes de julio de 2017, ambos incluidos, acompañada del modelo establecido a tal efecto en la solicitud de subvención destinada al alquiler de vivienda y disponible en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es)

Según se recoge en la orden, únicamente se admitirán como documentos acreditativos del pago de la renta, la presentación de la transferencia bancaria, la domiciliación bancaria o el ingreso en efectivo en la cuenta del arrendador. En el documento acreditativo del pago deberá constar expresamente la identificación completa de la persona que lo realiza y del que lo recibe, coincidiendo en todo caso quien lo recibe con el arrendador, y el beneficiario de la ayuda con la persona que realiza el pago, el importe y el concepto por el que se realiza, con indicación del mes al que corresponde. En el caso de que el arrendador de la vivienda no coincida con la persona que recibe el pago, deberá acreditarse documentalmente la relación existente entre ambos.

 

 

475 euros de máximo

Desde 2015, no existe ningún límite mínimo de ingresos para acceder a la convocatoria y estos apoyos pueden alcanzar el 40 por ciento de la renta a abonar, con un máximo de 2.400 euros, como está marcado por el Plan Estatal de Vivienda. Asimismo, el alquiler subvencionable máximo se sitúa en 475 euros, y se mantuvo el límite de ingresos en 2,5 veces el Iprem.