La provincia de León recibe el 86% de las ayudas de la Junta para prevenir los daños del oso pardo

De los 85.760 euros que la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, el 86% de las ayudas 'se las ha llevado' la provincia de León con 115 beneficiarios para un total de 205 dispositivos de protección contra los plantígrados

28 de Noviembre de 2022
Actualizado: 01 de Diciembre de 2022 a las 17:09
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oso pardo
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De los 85.760 euros que la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, el 86% de las ayudas 'se las ha llevado' la provincia de León con 115 beneficiarios para un total de 205 dispositivos de protección contra los plantígrados



La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio repartirá 85.760 euros entre 134 beneficiarios para la instalación de pastores eléctricos que prevengan los daños y perjuicios ocasionados por el oso pardo en las provincias de León, Palencia y Zamora, según la resolución de la convocatoria de subvenciones para este fin, publicada este lunes por el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).

De este modo se han distribuido 241 dispositivos, fundamentalmente pastores eléctricos para la protección de colmenares, balas de forraje y huertas. Sin embargo, también se han concedido otros aparatos como ahuyentadores o de apertura automática para la protección de huertas y comederos para el ganado.

La convocatoria, que data de julio de 2022, contaba con un importe total de 96.000 euros. El número total de solicitudes presentadas fue de 140 (120 en la provincia de León, 17 en Palencia y tres en Zamora), si bien finalmente se concedió la subvención a 134 beneficiarios por un importe total de 85.760 euros (115 en León, 16 en Palencia y tres en Zamora), ya que en algunas de las solicitudes no se alcanzó el número mínimo de colmenas, o bien se presentaron fuera de plazo o hubo desistimiento de los propios propietarios.

Por provincias, el 86% del importe concedido corresponde a León, con 115 beneficiarios para un total de 205 dispositivos de protección, de los cuales 200 son pastores eléctricos para colmenares (180), balas de forraje (nueve), huertas (seis) y comederos (cinco). Se contabilizan otros cuatro dispositivos de protección consistentes en ahuyentadores para balas de forraje (uno) y para huertas (tres) y, por último, un dispositivo de apertura automática para comederos.

Por su parte, la provincia de Palencia alcanza el 10% del importe total concedido con 16 beneficiarios y 25 pastores eléctricos, de los cuales 24 serán destinados para la protección de colmenares y uno para balas de forraje. Por último, la provincia de Zamora, con un cuatro por ciento del importe concedido para tres beneficiarios y 11 pastores eléctricos para la protección de colmenares.

Los beneficiarios tienen un plazo máximo para presentar la documentación justificativa de 30 días naturales.

De esta manera, la Administración autonómica establece una medida preventiva sobre estos recursos tróficos que, junto con las actuaciones correctivas de condicionamiento negativo (o medidas aversivas) -que se están desarrollando por personal especializado de la Consejería, aprobados por la Comisión Estatal de Patrimonio Natural y Biodiversidad- “contribuirá a la reducción de conflictos y a compatibilizar la conservación del oso pardo con el resto de actividades sociales y económicas en su área de distribución”.



Coexistencia del oso y el humano

La Junta de Castilla y León inició su andadura en la línea de fomentar la coexistencia del oso pardo con las actividades humanas a través de la publicación del Decreto 108/1990, de 21 de junio, por el que se establece un estatuto de protección del oso pardo en la Comunidad y se aprueba su Plan de Recuperación.

En el Decreto se contemplaba la indemnización de los daños y perjuicios que ocasionalmente pueda causar el oso pardo en todo el territorio de la Comunidad y que sean debidamente comprobados, como una de las herramientas que permitan eliminar las causas de la progresiva desaparición de esta especie y posibilitar su recuperación. Asimismo, el Plan de Recuperación preveía el establecimiento de un sistema ágil de pago de indemnizaciones por daños basado en el pago inmediato, la justa tasación del daño y la consideración adicional del perjuicio ocasionado como un porcentaje de la misma.

En este sentido, la Orden FYM/1010/2016, de 21 de noviembre, relativa a los pagos compensatorios derivados de los daños producidos por el oso pardo en las propiedades particulares, tiene como objeto regular el régimen de los pagos compensatorios derivados de los daños y perjuicios ocasionados a particulares por el oso pardo en la Comunidad de Castilla y León, estableciendo el procedimiento y requisitos para su percepción.

En particular, dicha orden posibilita la compensación de daños causados por oso sobre ganado, cultivos, praderío, arbolado, colmenas, infraestructuras y demás bienes muebles o inmuebles. Concretamente, en lo que se refiere a los daños que el oso pardo pueda ocasionar a las colmenas, establece como requisito indispensable para la concesión de los pagos compensatorios el tener instalado un pastor eléctrico en adecuado funcionamiento.

Por ello, la entonces denominada Consejería de Fomento y Medio Ambiente estableció mediante Orden FYM/188/2017, de 14 de marzo, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición e instalación de pastores eléctricos destinados a proteger los asentamientos colmeneros en Castilla y León, de los daños y perjuicios ocasionados por el oso pardo.

No obstante, la mejora del estado de conservación de las poblaciones de oso pardo en la Cordillera Cantábrica, unida a la variable disponibilidad de recursos tróficos naturales a lo largo del año, aumentó la probabilidad de daños sobre bienes como explotaciones ganaderas, huertos o frutales, lo que hizo aconsejable revisar las mencionadas bases con el fin de reducir los daños sobre los bienes y disponer así de nuevas herramientas preventivas para evitar comportamientos de habituación de osos pardos ante recursos tróficos de carácter antrópico.

En consecuencia se publicaron las nuevas bases reguladoras en el Boletín Oficial de Castilla y León de 7 de septiembre de 2021, mediante la orden FYM/995/2021, de 24 de agosto, cuya convocatoria de ayudas queda plasmada en esta nueva orden publicada en el día de hoy.