En el caso del préstamo del Banco Santander, la Audiencia de León estima un recurso de apelación del Ayuntamiento, que revoca la orden de ejecución dictada en primera instancia por el Juzgado número 8 de Ponferrada. El auto entiende que la póliza del crédito concedido a la Fundación del Deporte no debe pagarla el Ayuntamiento porque no figura como garante o avalista ni como propietario de bienes afectos a dicha deuda.
En cuanto a la factura de Cymotsa por ejecución de trabajos previos al Mundial, el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de León dice que no existe obligación contractual para el Ayuntamiento.