Aprobada la autorización administrativa de la central depuradora Navaleo que afecta a Castropodame, Torre del Bierzo, Congosto y Molinaseca

Según publica el Boletín Oficial de la Provincia de León este jueves, la Dirección General de Política Energética y Minas otorga a la empresa CDR Tremor, SL autorización administrativa previa para la instalación de la central hidroeléctrica reversible-depuradora Navaleo, que afecta a los términos municipales de Castropodame, Torre del Bierzo, Congosto y Molinaseca.

18 de Mayo de 2023
Actualizado: 20 de Mayo de 2023 a las 14:18
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navaleo
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Según publica el Boletín Oficial de la Provincia de León este jueves, la Dirección General de Política Energética y Minas otorga a la empresa CDR Tremor, SL autorización administrativa previa para la instalación de la central hidroeléctrica reversible-depuradora Navaleo, que afecta a los términos municipales de Castropodame, Torre del Bierzo, Congosto y Molinaseca.

 



 

La Dirección General de Política Energética y Minas otorga a la empresa CDR Tremor, SL autorización administrativa previa para la instalación de la central hidroeléctrica reversible-depuradora Navaleo. Recordemos que La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental ya aprobó la declaración de impacto ambiental del proyecto de depuradora y central hidroeléctrica reversible.

Esta central hidroeléctrica promovida por la empresa CDR Tremor prevé aprovechar el agua de drenaje de esta antigua mina situada en el término municipal de Torre del Bierzo para producir 552 megavatios de electricidad a la vez que se mejora la calidad de las aguas ácidas vertidas al río. Según recoge la edición de este viernes del Boletín Oficial del Estado (BOE), la infraestructura eléctrica de evacuación hasta la subestación eléctrica de transformación de Montearenas, en Ponferrada, también afectará a los municipios vecinos de Castropodame, Congosto y Molinaseca.

Al respecto, el principal objetivo de la central es la generación de energía eléctrica a partir del desembalse diario de un caudal de agua de 90 metros cúbicos por segundo, entre dos depósitos ubicados en las dos márgenes del río Tremor y separados por un salto de 710 metros. La producción anual de la central variará, en función del régimen de funcionamiento, entre 700.000 y 920.000 MWh/año. El recurso hídrico para el funcionamiento de esta central se obtendrá de una captación de aguas ubicada en la bocamina de Navaleo, donde aflora un caudal medio de 4.500 metros cúbicos diarios.

Estas aguas contienen una elevada carga contaminante y tienen un pH muy ácido debido a la concentración de metales disueltos como hierro, manganeso, zinc, níquel o cromo. Esta situación es una de las principales causas de que el río Tremor no alcance el buen estado químico y ecológico, tal y como reconoce el vigente Plan Hidrológico del Miño-Sil. En la central está previsto aplicar a estas aguas diferentes tratamientos de neutralización, aireación, oxidación, floculación y decantación.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.