Fiscalía solicita 12 años de cárcel por agresión sexual a una trabajadora de un club de alterne en Villamartín de la Abadía

Acusan a un hombre de agredir sexualmente a una empleada del club El Cruce y piden condena con penas adicionales por lesiones y restricciones

19 de Febrero de 2026
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Audiencia Provincial de León
Audiencia Provincial de León

La Fiscalía Provincial ha solicitado una pena de doce años de cárcel para un hombre acusado de agredir sexualmente a una trabajadora del club de alterne El Cruce, ubicado en Villamartín de la Abadía (Carracedelo). El juicio por este caso se celebrará el 24 de febrero en la Audiencia Provincial de León.

Los hechos ocurrieron la madrugada del 28 de septiembre de 2022, cuando el procesado y la víctima se encontraban en el domicilio del acusado tras haber contratado los servicios sexuales de la mujer por un importe total de 250 euros.

Según el escrito presentado ante la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León, el acusado, que no mantenía relación sentimental con la víctima, intentó mantener relaciones sexuales sin preservativo pese a la negativa constante de ella. Además, utilizó fuerza para penetrarla vaginalmente y realizó tocamientos contra su voluntad. En un momento posterior, dentro del domicilio y con clara intención libidinosa, arrinconó a la mujer en la cocina, procedió a frotar sus partes íntimas sobre ella y volvió a penetrarla mientras le amenazaba con un cuchillo en el cuello.

 rotonda de la N 6 en Villamartín de la Abadía (1)
Rotonda de la N 6 en Villamartín de la Abadía 

 

Como consecuencia directa del ataque, la víctima sufrió lesiones físicas consistentes en erosiones y marcas compatibles con presión ejercida con objeto cortante en el cuello. También padece trastornos psicológicos como ansiedad reactiva, decaimiento e inseguridad acompañados por pesadillas recurrentes relacionadas con el episodio traumático.

Tras los hechos, el Juzgado acordó inicialmente prisión provisional comunicada y sin fianza para el procesado junto con prohibiciones específicas: alejamiento mínimo de 200 metros respecto al domicilio y lugar de trabajo o cualquier sitio frecuentado por la víctima, además del veto a comunicarse con ella por cualquier medio durante las diligencias judiciales. Posteriormente, quedó en libertad provisional bajo condiciones estrictas que incluyen comparecencias periódicas ante el juzgado y limitación para salir del país.

El fiscal califica estos hechos como un delito continuado de agresión sexual conforme al artículo 179 relacionado con los artículos 178 y 74 del Código Penal; así como un delito leve de lesiones recogido en el artículo 147.2. Por ello, solicita doce años de prisión e inhabilitación especial para sufragio pasivo durante ese periodo; prohibición durante catorce años para aproximarse o comunicarse con la víctima; inhabilitación profesional relacionada con contacto directo habitual con menores durante dieciocho años; además, libertad vigilada tras cumplir condena por ocho años más.

Asimismo, pide tres meses de multa por las lesiones causadas e indemnizaciones económicas que suman más de 3.800 euros entre daños morales y perjuicios derivados, tanto físicos como psíquicos, sufridos por la víctima.

Para sustentar esta acusación, se proponen diversas pruebas periciales médicas forenses y psicológicas que ratifiquen los informes sobre las secuelas físicas y emocionales presentados hasta ahora, además de testimonios testificales, incluidos agentes policiales implicados en la investigación, así como declaración preconstituida grabada previamente realizada por la afectada.

 

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