El Juez pone en libertad al constructor Tino Pérez porque ha cumplido el plazo máximo de prisión provisional

Desatiende la petición del Fiscal y la acusación, que perciben riesgo de fuga. El empresario huyó en 2008 supuestamente con 3 millones de euros procedentes del adelanto de compradores de una promoción en Flores del Sil que no llegó a ejecutar. Fue capturado en 2011.

Diego Fernández, InfoBierzo
Fundador, CEO de InfoBierzo e InfoLeon
05 de Julio de 2013
Actualizado: 21 de Septiembre de 2014 a las 11:34
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Desatiende la petición del Fiscal y la acusación, que perciben riesgo de fuga. El empresario huyó en 2008 supuestamente con 3 millones de euros procedentes del adelanto de compradores de una promoción en Flores del Sil que no llegó a ejecutar. Fue capturado en 2011.

Tino Pérez esperará el juicio y sentencia en libertad. Eso sí se le impone la obligación de acudir todos los días al Juzgado, prohibición de salir del territorio peninsular nacional (tampoco puede salir para ir a las islas españolas), y retirada del pasaporte.

En relación con el riesgo de fuga, apunta el juez que "en julio de 2011 al acusado se le impuso una fianza de 200.000 euros para salir de prisión provisional que no ha depositado; si tuviera los 200.000 euros hubiera salido de prisión, y si el acusado no tiene el dinero y alguien se lo dejase, estaría en libertad sin tener en cuenta el riesgo de fuga".

El juez de Instrucción n· 5 de Ponferrada ha resuelto poner en libertad a F.P.V. acusado de un delito de estafa, al haberse cumplido el plazo máximo que la ley permite para tener a un imputado en prisión provisional a la espera de juicio.

Según explica el juez en el auto, la prórroga del plazo máximo en prisión provisional (dos años) sólo es posible cuando se dan unas circunstancias excepcionales previstas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que no se cumplen en este caso. Esas circunstancias versan fundamentalmente sobre el tiempo que falte para celebrar el juicio, la posibilidad de que el acusado destruya pruebas, y la posibilidad de riesgo de fuga.

 

En este sentido, los argumentos respecto a estas circunstancias son las siguientes:

a) No ha terminado la investigación, faltando por realizar diligencias que ha solicitado el Ministerio Fiscal y que no se sabe cuándo se podrán finalizar.

No se puede asegurar la adecuada tramitación del proceso Ponsferrata en un tiempo razonable, ni se puede aventurar una fecha en que se podrá remitir al tribunal juzgador, teniendo en cuenta dos circunstancias:

- Los insuficientes medios de personal con los que cuenta este Juzgado.
- El Juzgado de Instrucción n.5 de Ponferrada es también el competente en materia de Violencia Sobre la Mujer, y los asuntos relacionados con la violencia de género exigen un trámite preferente frente a otros.
b) La parte económica del proceso se está tramitando en el Juzgado de lo Mercantil de León, por lo que la recuperación del dinero dependerá del resultado de ese proceso.
c) F. P. V. ha sido inhabilitado desde el punto de vista mercantil.
d) Todas las pruebas documentales y testificales ya se han practicado, por lo que no existe riesgo de que el imputado destruya pruebas.

e) En relación con el riesgo de fuga, en julio de 2011 al acusado se le impuso una fianza de 200.000 euros para salir de prisión provisional que no ha depositado; si tuviera los 200.000 euros hubiera salido de prisión, y si el acusado no tiene el dinero y alguien se lo dejase, estaría en libertad sin tener en cuenta el riesgo de fuga. Además, se le impone la obligación de acudir todos los días al Juzgado, prohibición de salir del territorio peninsular nacional (tampoco puede salir para ir a las islas españolas), y retirada del pasaporte.