En la resolución, el instructor considera que no hay indicios suficientes para acusarles de homicidio por comisión por omisión ni de estafa, así como que no procede, por el momento, el procesamiento de los grapos Manuela Ontanilla y Vicente Sarasa.
En un auto, el magistrado relata como el empresario Publio Cordón fue secuestrado por miembros de los Grapo y trasladado, primero, a Vitoria y posteriormente a la localidad francesa de Lyon, a una vivienda alquilada por Teijelo en la que se habilitó un pequeño espacio abuhardillado, con la finalidad de mantener allí retenido al secuestrado.
"La víctima, después del secuestro, fue trasladada en primer lugar a la ciudad de Vitoria y desde allí, Concepción González Rodríguez, Fernando Silva Sande y el ya fallecido José Ortin Martín le trasladaron hasta la localidad francesa de Lyon, donde el también miembro de la organización terrorista José Antonio Ramón Teijelo, había alquilado una vivienda ubicada en el número cinco de la Rue de la Batterie, en el barrio de Bron, tratándose de una casa tipo chalet, ubicada en una parcela con jardín, en la que habilitó un pequeño espacio abuhardillado con la finalidad de mantener allí retenido al secuestrado, lo que así hicieron, siendo responsables de la custodia del mismo el referido José Antonio Ramón Teijelo, Victoria Gómez Mendez y Fernando Silva Sande", explica el juez González.