Se trata de una ayuda con carácter retroactivo que podrán solicitar aquellos trabajadores, incluidos los fijos discontinuos, que hayan visto su contrato suspendido, total o parcialmente, durante un periodo de al menos 45 días, entre el del 1 de octubre de 2019 y el 30 septiembre de 2020, siempre que el centro de trabajo donde presten sus servicios no supere los 250 trabajador y la base de cotización no exceda de 1.600 euros mes por contrato a tiempo completo
Los beneficiarios recibirán siete euros por cada día que hayan estado en esta situación, en caso de contrato de jornada completa, o su parte proporcional si el contrato o la suspensión de jornada es a tiempo parcial, con un límite de 630 euros por trabajador, equivalente a 90 jornadas completas.
Las ayudas se concederán por concurrencia competitiva y se dará prioridad en primer lugar a las solicitudes de aquellos trabajadores con menor base de cotización, en segundo lugar tendrán preferencia los trabajadores que tenga un mayor número de días de suspensión o reducción de jornada como consecuencia de uno o varios expedientes de regulación de empleo.
El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 18 de mayo a las 15 horas. Los interesados deberán presentar su solicitud, junto con los anexos correspondientes, en el modelo de formulario que se encuentran a su disposición en la sede electrónica de la Junta de Castilla y Leóny deberán cumplimentarla obligatoriamente desde esa misma sede.
La solicitud podrá presentarse de forma telemática en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad o de forma presencial en cualquiera de los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.
Para la presentación presencial será necesario cumplimentar previamente el formulario de solicitud disponible en la sede electrónica de la Junta (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es ) en dicha sede electrónica, donde se le asignará un número de referencia.