La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de Castilla y León emitió la Orden MAV/360/2026, el 16 de abril de 2026, mediante la cual se formula la declaración ambiental estratégica (DAE) correspondiente a las Normas Urbanísticas Municipales (NUM) de Torre del Bierzo.
Esta orden se fundamenta en las atribuciones otorgadas por el Decreto Legislativo 1/2015 y en cumplimiento con el artículo 11 de la Ley 21/2013, sobre evaluación ambiental. Las NUM fueron sometidas al procedimiento ordinario de evaluación ambiental estratégica debido a que su aprobación fija el marco para futuras autorizaciones sujetas a evaluación de impacto ambiental.
Torre del Bierzo es un municipio con una superficie aproximada de 119,41 km² que alberga trece núcleos poblacionales diversos. La revisión normativa tiene como objetivo adaptar el planeamiento urbanístico vigente a la realidad actual del territorio, estableciendo un modelo territorial coherente que delimite suelo urbano, urbanizable y rústico con diferentes categorías protectoras. Entre los objetivos destacan también garantizar un desarrollo sostenible que integre intereses económicos con protección medioambiental y patrimonial.
La clasificación propuesta contempla:
- Suelo urbano consolidado y no consolidado
- Suelo urbanizable
- Suelo rústico común y protegido, subdividido en categorías según protección natural, cultural e infraestructuras
En cuanto al estudio ambiental estratégico elaborado para esta evaluación, se analizaron tres alternativas: una sin actuación y dos variantes que mantienen similar ordenación pero difieren en el grado de integración territorial. Se seleccionó una alternativa integradora que amplía zonas protegidas dentro del suelo rústico y limita nuevas áreas urbanizables a espacios vinculados a actividades industriales y ferroviarias.
Durante los trámites administrativos se realizaron dos periodos públicos de información donde se recibieron alegaciones centradas exclusivamente en aspectos urbanísticos sin contenido ambiental específico. También fueron consultadas diversas administraciones públicas competentes —como Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, Ministerio de Transportes, Patrimonio Cultural o Ecologistas en Acción— cuyos informes resultaron mayormente favorables incorporando condicionantes ambientales específicas.
Entre los aspectos ambientales destacados están:
- No hay afecciones directas ni indirectas sobre espacios naturales protegidos ni Red Natura 2000.
- Presencia identificada tanto flora protegida como fauna relevante (águila real, halcón peregrino o murciélagos).
- Categorización adecuada del suelo rústico con protección natural incluyendo montes públicos y masas arboladas variadas.
- Análisis paisajístico integrado conforme al Atlas nacional.
La declaración ambiental estratégica incorpora medidas preventivas y correctoras específicas relacionadas con protección natural, patrimonio cultural (incluyendo bienes inventariados), riesgos ambientales e impactos sobre calidad hídrica derivados principalmente por vertidos. Además recomienda integrar mecanismos para prevención frente incendios forestales contemplando fajas perimetrales libres alrededor nuevas construcciones colindantes con monte o zonas forestales.
Finalmente se establece un programa complementario vigilancia ambiental para evaluar periódicamente el cumplimiento normativo mediante indicadores sencillos accesibles al Ayuntamiento. Esta DAE tendrá vigencia hasta dos años tras su publicación oficial salvo prórroga solicitada expresamente por el promotor municipal.
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