El TSJ de Castilla y León anula la ordenanza fiscal de Molinaseca que permitía cobrar a las energéticas por usar suelo público

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), a través de su Sala de lo Contencioso-Administrativo en Valladolid, ha estimado el recurso interpuesto por Red Eléctrica de España

29 de Octubre de 2025
Actualizado: 29 de Octubre de 2025 a las 11:06
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Ayuntamiento de Molinaseca | El TSJ de Castilla y León anula la ordenanza fiscal de Molinaseca sobre instalaciones energéticas
Ayuntamiento de Molinaseca | El TSJ de Castilla y León anula la ordenanza fiscal de Molinaseca sobre instalaciones energéticas

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), a través de su Sala de lo Contencioso-Administrativo en Valladolid, ha estimado el recurso interpuesto por Red Eléctrica de España (REE) contra el Ayuntamiento de Molinaseca y ha declarado nula la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el aprovechamiento especial del dominio público local mediante instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos.

La sentencia, fechada el 20 de octubre de 2025 y firmada por la letrada de la Administración de Justicia, Covadonga Yagüez Santiago, considera que la normativa municipal aprobada a comienzos de año “no se ajusta al ordenamiento jurídico”. El fallo ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de León y puede verificarse a través de su Código de Verificación Electrónica (CVE BOP-LE-2025-205037).

Playa Fluvial de Molinaseca este sábado | Foto: Turismo Molinaseca
Playa Fluvial de Molinaseca este sábado | Foto: Turismo Molinaseca

 

El recurso fue presentado por el procurador Constancio Burgos Hervás en representación de Red Eléctrica, con la defensa del abogado Manuel Enrique de Vicente-Tutor Rodríguez. Por parte del Consistorio de Molinaseca, la representación legal corrió a cargo del procurador Carlos Antonio Sastre Matilla y el abogado José María Simón Marco. La resolución judicial no impone condena en costas, por lo que cada parte deberá asumir sus propios gastos procesales.

Con esta decisión, queda invalidada la ordenanza publicada en el BOP de León número 33, de 18 de febrero de 2025, que establecía una tasa municipal a las compañías de energía por la ocupación del dominio público local con sus infraestructuras.

 

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