Ratificada la condena a tres hombres por agredir sexualmente a una menor en El Bierzo tras abordarla por la calle

El Tribunal Superior de Justicia confirma la pena impuesta por agresión sexual y lesiones a una menor abordada en la vía pública. Detalles del caso y reacciones tras la ratificación de la condena

12 de Noviembre de 2025
Actualizado: 12 de Noviembre de 2025 a las 12:48
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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha confirmado la sentencia condenatoria contra tres hombres acusados de agredir sexualmente a una menor que fue abordada mientras caminaba por una calle de una localidad berciana. Por protección a la víctima no se conoce el municipio donde tuvieron lugar los hechos.

Los hechos ocurrieron alrededor de las 21:00 horas del 20 de agosto de 2021, cuando los acusados, circulaban en un vehículo modelo Opel Astra conducido por uno de ellos, que además, no había obtenido permiso para ello. Según el relato probado por la Audiencia Provincial de León, los tres individuos interceptaron a una chica, entonces menor de edad, en una calle del municipio.

"Sin consentimiento alguno y con intención clara de satisfacer sus deseos sexuales", sujetaron a la víctima del brazo para acercarla al automóvil. Durante el forcejeo comenzaron a realizarle tocamientos en zonas íntimas como las nalgas y los pechos. La joven logró finalmente liberarse y escapar. Como consecuencia sufrió un hematoma y arañazos que requirieron asistencia médica.

En primera instancia, el tribunal condenó a cada uno de los acusados a dos años de prisión por un delito de agresión sexual agravado con un delito leve de lesiones. Además, se les impuso inhabilitaciones especiales relacionadas con derechos civiles y profesionales durante varios años, prohibiciones específicas para comunicarse o acercarse a la víctima durante tres años y libertad vigilada durante cinco años. En el caso particular del conductor, se añadió una multa por conducir sin licencia.

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Los recurrentes apelaron alegando vulneración del derecho a la presunción de inocencia y errores en la valoración probatoria. Sin embargo, el TSJ desestimó íntegramente sus recursos tras analizar detalladamente las declaraciones tanto de la víctima como testigos cercanos —entre ellos familiares— además del reconocimiento fotográfico realizado previamente.

El tribunal valoró positivamente la coherencia y persistencia del testimonio aportado por la víctima desde el inicio del proceso penal hasta el juicio oral. Asimismo consideró insuficientes e inconsistentes las versiones contradictorias presentadas por los acusados durante todas las fases procesales.

Por último, se confirmó también que no existió motivo para reducir ni modificar las sanciones económicas impuestas relacionadas con delitos contra la seguridad vial vinculados al hecho que uno de ellos condujera sin permiso.

Esta resolución refuerza el compromiso judicial con la protección integral hacia menores víctimas frente a delitos sexuales cometidos bajo circunstancias especialmente vulnerables.

 

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