Castilla y León refrenda el aforo del 100% en los estadios y el 80% en recintos interiores

El Consejo de Gobierno aprueba la trasposición de los nuevos criterios referidos a asistencia de público acordados ayer por el Consejo Interterritorial para el conjunto nacional en las ‘Medidas para los eventos deportivos multitudinarios, incluidos los de la Liga de Fútbol Profesional y la Liga ACB de Baloncesto’, cuya vigencia ha quedado establecida inicialmente para el mes de octubre

30 de Septiembre de 2021
Actualizado: 01 de Octubre de 2021 a las 17:47
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El Consejo de Gobierno ha aprobado este jueves el Acuerdo por el que se traslada a la Comunidad los cambios, centrados en los aforos autorizados, en las ‘Medidas para los eventos deportivos multitudinarios, incluidos los de la Liga de Fútbol Profesional y la Liga ACB de Baloncesto’, acordados ayer miércoles en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para el conjunto del territorio nacional.

El mantenimiento y modulación de este régimen responde al objetivo de reducir el riesgo de contagios y la propagación pandémica en ese tipo de actividades, caracterizadas por un importante número de asistentes procedentes, incluso, de territorios con distintas situaciones epidemiológicas.

Las modificaciones en competiciones nacionales profesionales de fútbol y baloncesto, así como en otras competiciones y eventos deportivos multitudinarios fijan, la asistencia en recintos abiertos al 100 % de su capacidad, mientras que para instalaciones cerradas este porcentaje queda establecido en el 80 %.

La nueva vigencia de este régimen limitativo se establece entre el 1 y el 31 de octubre, ambos inclusive, tras su oportuna publicación en el Bocyl, siendo el mismo objeto de seguimiento y evaluación continua por parte de la Autoridad sanitaria, con el fin de garantizar su adecuación a la situación epidemiológica y asistencial, pudiendo por tanto ser mantenidas, modificadas o levantadas.

Esta intervención para el control del riesgo de contagio y la extensión de la COVID-19 en convocatorias deportivas multitudinarias en la Comunidad también mantiene la organización ya publicada en lo referido de accesos, sectorización y movimiento de asistentes; el uso obligatorio de la mascarilla; el consumo de comida y bebida; de tabaco y productos relacionados; la ventilación de espacios interiores; indicaciones sanitarias; información y señalización limpieza, higiene y desinfección; y salud de los trabajadores.

 

Aforos


El aforo máximo será del 100 % para eventos en recintos abiertos y de un 80 % para eventos en recintos cerrados, garantizándose una distancia interpersonal de 1,5 metros; en el caso de no ser posible el mantenimiento de dicha distancia, se reforzarán las medidas de higiene adecuadas para prevenir los riesgos de contagio.

Los asistentes serán, preferentemente, abonados y público local. Sin embargo, los entrenamientos se realizarán preferentemente sin público y, en todo caso, con los límites de aforo máximo establecidos anteriormente.

El uso controlado de los espacios comunes por parte de los usuarios estará sujeto a un estricto control por parte del personal del evento. Se fijarán franjas horarias para el acceso escalonado del público por zonas y sectores, comenzando por aquellos más alejados de la salida; el procedimiento será inverso para la salida. Además, se adoptarán las medidas que sean necesarias para evitar posibles aglomeraciones.

 

Uso de la mascarilla


Se reforzará la vigilancia del cumplimiento de la obligatoriedad del uso de mascarilla durante la permanencia en el evento en todas las áreas de las instalaciones deportivas, así como en los momentos de entrada y salida del mismo.

 

Consumo de bebida y comida


Con carácter general no se permitirá la venta ni el consumo de alimentos y bebidas durante el evento deportivo; excepcionalmente se podrá permitir el consumo de agua, a través de un sistema itinerante para los asistentes o portada por ellos mismos.

 

Tabaco y productos relacionados


No se permitirá el consumo de tabaco y de productos relacionados (DSLN o cigarrillos electrónicos y de productos a base de hierbas para fumar) durante el evento deportivo, tanto en espacios interiores como exteriores.

 

Ventilación de espacios interiores


Se recomienda la ventilación natural de forma permanente, para favorecer la circulación de aire y garantizar un barrido eficaz de por todo el recinto; si esto no es posible, se utilizará ventilación forzada (mecánica) debiendo aumentarse el suministro de aire exterior y disminuyendo al máximo el aire recirculado.

 

Indicaciones sanitarias


Se recordará la obligación de respetar las indicaciones sanitarias en todo momento, reforzándose de forma continua la transmisión de este mensaje a los potenciales asistentes. Además, no podrá acudir al evento deportivo las personas que presenten sintomatología compatible con la COVID-19, ni aquellas otras que se encuentren en situación de aislamiento por diagnóstico de esta enfermedad o en período de cuarentena por contacto estrecho con un caso confirmado de infección por SARS-CoV-2.

 

Salud de los trabajadores


Las entidades responsables de la organización de los eventos deberán poner en marcha los mecanismos necesarios para la protección de los trabajadores y asegurarse de que todo el personal trabajador y todas las personas que ingresen en el recinto sean conocedoras de las normas de prevención.

 

Medidas de limpieza, higiene y desinfección


Las entidades responsables de la organización y celebración de eventos deberán disponer de un protocolo de limpieza y desinfección específico para los mismos.