Estas son las nuevas medidas aprobadas por el Gobierno para sustentar la economía

El Gobierno ha aprobado este martes un nuevo paquete de medidas destinado sobretodo a autónomos, inquilinos vulnerables y empleadas del hogar

31 de Marzo de 2020
Actualizado: 01 de Abril de 2020 a las 12:13
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El Gobierno ha aprobado este martes un nuevo paquete de medidas destinado sobretodo a autónomos, inquilinos vulnerables y empleadas del hogar. En primer lugar el Gobierno va a establecer un mecanismo que permitirá a autónomos y pymes suspender el pago de la factura de electricidad, gas natural y otros productos derivados del petróleo para aliviar su carga financiera durante el estado de alarma. Por otro lado, el Consejo de Ministros aprobó este martes un subsidio para empleadas de hogar que hayan perdido el empleo por la crisis sanitaria del coronavirus y otro subsidio para trabajadores temporales que hayan finalizado su contrato tras declarar el estado de alarma y no tengan la cotización necesaria para percibir otras prestaciones.

 

  • Alquileres: se suspenden los desahucios por alquiler para las personas vulnerables durante un plazo de 6 meses y se aprueba una prórroga de la misma duración para los contratos que estén a punto de vencer; para el mismo colectivo se concederán microcréditos estatales al 0% y sin comisión, a devolver en un plazo de seis años ampliable a diez. 


 

  • Prohibición de cortes de suministros: se amplían estos corte para la primera vivienda y se prevé que se conceda el bono social a quienes se hayan quedado en situación de vulnerabilidad por despido o reducción de actividad. Por otro lado, el real decreto establece que mientras está en vigor el estado de alarma no podrá suspender el suministro de energía eléctrica, gas y agua a ningún hogar considerado "vivienda habitual" salvo por motivos ligados a la seguridad de suministro. El plazo de la suspensión se suma al del pago de las hipotecas y será de tres meses , limitado a aquellas familias que hayan visto reducir sus ingresos de manera drástica en las últimas semanas por la aplicación de un ERTE o el cese de actividad de una empresa. El banco no podrá cobrar en este periodo ni la cuota ni los intereses de los créditos.


 

  • Empleadas del hogar y trabajadores temporales: se crea una prestación por desempleo extraordinaria para las trabajadoras del hogar equivalente al 70% de su base de cotización. Para los trabajadores temporales, aunque no tengan la cotización necesaria, se aprueba una ayuda de unos 440 euros, el 80% del Iprem. La cuantía de la ayuda será del 70 % de la base de cotización de la empleada de hogar y tendrán derecho a ella las personas dadas de alta antes de la entrada en vigor del estado de alarma, el pasado 15 de marzo, y que hayan dejado de prestar servicios en uno o varios domicilios, total o parcialmente. Para acreditar pedir el subsidio ante el SEPE, valdrá con unouna declaración responsable firmada por el empleador, carta de despido o comunicación de desistimiento o la baja en el Sistema Especial de Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social. El derecho a la prestación será desde la fecha de baja en la Seguridad Social o desde la fecha que figure en la declaración responsable firmada por el empleador.


 

  • Ampliación de la moratoria de hipotecas también para locales y oficinas de autónomos.Se amplía el plazo de suspensión a 3 meses y se realizan ajustes técnicos para facilitar la aplicación de la moratoria de deuda hipotecaria para la adquisición de vivienda habitual introducida por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo. Las cuotas suspendidas no se deben liquidar una vez finalizada la suspensión, sino que todos los pagos futuros se deben posponer lo que haya durado la misma.


 

  • Autónomos: moratoria en el pago de cotización durante seis meses sin intereses; aplazamiento en el pago de las deudas con la Seguridad Social hasta el 30 de junio; moratoria por el pago de las cuotas en los días trabajados en el mes de marzo, sin intereses.
    En el Consejo de Ministros, el Ejecutivo ha decidido aprobar este aplazamiento de pago de cuotas así como el del pago de sus deudas hasta el 30 de junio de este año. Algunas asociaciones de autónomos han criticado la medida, al entender que, al tener que justificar mes a mes, la necesidad de acogerse a dicha mora se les obliga a una carga de burocracia extra.


 

  • Prohibición de la publicidad del juego online durante el estado de alarma.


 

  • Moratoria de pago en los créditos al consumo para personas en vulnerabilidad económica; posibilidad de recibir un bono para los viajes que hayan sido cancelados
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  • Libera el superávit de los Ayuntamientos. Asimismo, se individualiza el importe del superávit que podrán destinar las Entidades Locales a prestaciones e inversiones relativas a gasto social, con la consideración de inversiones financieramente sostenibles, como así se ha establecido en el artículo 3 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, que ha fijado que el importe para el conjunto del citado subsector sea de 300 millones de euros. La aplicación de esta norma y del seguimiento que corresponderá realizar al Ministerio de Hacienda requiere que las entidades suministren la información necesaria.Además, vista la actual situación, por razón de su excepcionalidad y de la urgencia en ejecutar los gastos que sean necesarios para atender las necesidades que se presenten en relación con la aplicación de aquel precepto se habilita a los Presidentes de las corporaciones locales para que, mediante Decreto, puedan aprobar modificaciones de crédito consistentes en créditos extraordinarios o suplementos de créditos.

  • Viajes. Otras de las medidas aprobadas hoy y cuya competencia tiene Consumo llevan semanas pidiéndolas las asociaciones de consumidores, como es el hecho de que los usuarios puedan reclamar la devolución del dinero de sus billetes o viajes a las compañías y agencias de viajes (o a través de bonos) o suspender contratos de servicios sin penalización."En el caso de prestación de servicios que incluyan a varios proveedores, como los viajes, combinados, el consumidor podrá optar por solicitar el reembolso o hacer uso del bono que le entregará el organizador o el minorista".Tendrán un año para usar este bono y si no lo usan, los usuarios podrán pedir el reembolso. En el caso de que el viaje sea combinado y se haya adquirido a un intermediario, como una agencia de viajes, por ejemplo, se podrá pedir la devolución del dinero (y no del bono) siempre que las empresas proveedoras (la aerolínea o el hotel) haya pagado a su vez a la agencia el importe de los servicios no prestados.