Igüeña creará una calle para empadronar al único vecino de Los Montes de la Ermita

Este viernes se aprobaba en Pleno Extraordinario del Ayuntamiento de Igüeña el cumplimiento de la sentencia judicial que obliga a empadronar al único vecino en la localidad de Los Montes de la Ermita, cuestión que el ayuntamiento ya negó anteriormente.

16 de Marzo de 2024
Actualizado: 16 de Marzo de 2024 a las 17:14
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igueña Montes de la Ermita (2) pueblo bierzo
igueña Montes de la Ermita (2) pueblo bierzo

Este viernes se aprobaba en Pleno Extraordinario del Ayuntamiento de Igüeña el cumplimiento de la sentencia judicial que obliga a empadronar al único vecino en la localidad de Los Montes de la Ermita, cuestión que el ayuntamiento ya negó anteriormente.

Tras dos sentencias judiciales favorables Abel Crespo, que así es como se llama el vecino de Los Montes de la Ermita (Igüeña), será empadronado tras aprobarse en Pleno Extraordinario del Ayuntamiento de Igüeña el cumplimiento de la sentencia judicial. Esta sentencia judicial que se daba a conocer este viernes estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el vecino contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Igüeña por el que se desestimó por unanimidad la solicitud de alta en el Padrón Municipal de Habitantes, debiendo la administración demandada proceder a dar de alta y fijando como domicilio el expresado en la solicitud de alta formulada por el recurrente.

Para proceder a empadronar a este vecino, ya que no existía callejero para dar de alta en su padrón, el Instituto Nacional de Estadística (INE) ha emplazado al alcalde a dar de alta al declarante en el domicilio solicitado, es decir, la calle Fuente del Rato 5, segñun informa Ser Bierzo. De esta manera, se creará exclusivamente el tramo de calle que afecta a esta vivienda, ya que en el viario público del Ayuntamiento de Igüeña no figura ninguna calle en Los Montes de la Ermita, al estar deshabitado.

El Ayuntamiento alargó la ejecución de la sentencia —de momento provisional porque ha presentado recurso ante el Tribunal Supremo— argumentando que no existía callejero para dar de alta a este hombre en su padrón y recurrió al Instituto Nacional de Estadística (INE) que, finalmente, le ha emplazado a que acate exactamente lo que recoge la sentencia, que es dar de alta al declarante en el domicilio solicitado, es decir, la calle Fuente del Rato.

Desde Coalición por El Bierzo recordaban a través de un comunicado emitido este viernes que "el encabezonamiento del Sr. Alider Presa, alcalde de Igüeña en este y en el anterior mandato, en no empadronar a este vecino en su pueblo natal y de crianza, que nos ha llevado a un periplo judicial, a cuenta del erario público, con el resultado lógico".

Asimismo, los bercianistas destacan que "las mil excusas que ha intentado esgrimir el alcalde para justificar la negativa al empadronamiento han chocado contra la voluntad de un vecino luchando denodadamente para defender sus derechos. Son estos políticos, que en otros foros se llenan la boca con la “España Vaciada” pero que después no quieren que los pueblos se vuelvan a habitar, el mejor ejemplo de hipocresía política".

Por último, destacan "las prisas, tras tanto tiempo intentando dilatar el empadronamiento, por llevarlo a Pleno extraordinario y no al cercano Pleno ordinario, por no ejecutar la sentencia y empadronar al vecino, pero sorprende, nuevamente incurrir en los gastos que supone la celebración de un Pleno".

Recordemos que el pasado enero el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, según el abogado de la acusación, desestima las alegaciones del Ayuntamiento de Igüeña y le obliga a dar de alta a un vecino en el padrón municipal en Los Montes de la Ermita, que tras 2 años de recursos cuenta con un habitante en el censo.