Absuelta la alcaldesa de Fabero del caso de presunta prevaricación que motivó su ruptura con el Psoe: "Pido la reflexión a quienes lo utilizaron"

El Juzgado de lo Penal de Ponferrada ha absuelto a la alcaldesa y dos funcionarios del Ayuntamiento de Fabero al considerar que las pruebas obrantes en la causa se han revelado insuficientes para entender acreditada la comisión del delito de prevaricación

01 de Abril de 2024
Actualizado: 01 de Abril de 2024 a las 18:39
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La alcaldesa de Fabero, Mª Paz Martínez
La alcaldesa de Fabero, Mª Paz Martínez

El Juzgado de lo Penal de Ponferrada ha absuelto a la alcaldesa y dos funcionarios del Ayuntamiento de Fabero al considerar que las pruebas obrantes en la causa se han revelado insuficientes para entender acreditada la comisión del delito de prevaricación.

Según enuncia la sentencia enviada a los medios: “el principio de presunción de inocencia que proclama el artículo 24 de la Constitución, determina que los Tribunales no han de formular un pronunciamiento condenatorio mientras no se alcance un razonable grado de certeza sobre la culpabilidad del inculpado, basada en una ponderada valoración de los medios probatorios obtenidos con garantías, para lo cual se requiere que exista en primer lugar un mínimo de actividad probatoria de cargo, y después, al apreciar en conciencia las pruebas, que el Tribunal no realice un injustificado ejercicio de la facultad de libre apreciación, haciendo valoraciones subjetivas sin base ni conexión lógica con los hechos”, señala el magistrado en la sentencia.

Además, según el juez, no ha quedado probado “más allá de toda duda razonable, tras el análisis de la prueba en su conjunto, que los dos funcionarios, como miembros de la Comisión de Selección para la contratación temporal de personal laboral del Ayuntamiento de Fabero, designaran y propusieran la contratación de tres personas sin que las mismas tuvieran los méritos y la capacidad profesional o laboral necesarios o sin que cumplieran con los requisitos singulares exigidos”.

El magistrado entiende que tampoco ha quedado acreditado que la alcaldesa del Ayuntamiento de Fabero “ordenara, sugiriera o diera instrucciones a los miembros de la Comisión de Selección para que procedieran a designar a estas personas para su contratación temporal como personal laboral favoreciéndoles frente a otros solicitantes de la bolsa de empleo”.

La alcaldesa de Fabero ha manifestado que se encuentra "contenta, no solo por ella a nivel político y personal sino también por los funcionarios". Asimismo, se ha mostrado en todo momento confiada en la justicia y cree que debería ser "una reflexión para esas personas que se ensañaron y utilizaron esas herramientas de la justicia".

Recordemos además que este proceso judicial le costó a la regidora su militancia en el PSOE, tras ser suspendida temporalmente por tener una causa judicial abierta y finalmente abandonar el partido al comenzar un cruce de acusaciones entre el partido y la regidora, ya que alegaba que se trataba de una "maniobra" para devolver a Demetrio Alfonso Canedo a la escena política y tratar de conseguir la alcaldía bajo las siglas del PSOE. Tras 40 años en el partido, Martínez se presentaba a las elecciones municipales bajo unas nuevas siglas y ganó de nuevo con 'Independientes por Fabero'. 

Una vez absuelta, la regidora faberense ha enviado un mensaje a sus ex compañeros de partido de los que comenta que deberían "darse cuenta, porque está en el ADN del PSOE, de que lo que se ha hecho no tiene lógica. Es la primera vez que no es la oposición la que pide la cabeza del imputado". Además, afirma que ha sido "muy doloroso" verse sumida en esta situación con el partido, ya que lleva 40 años "militando, desde las Juventudes Socialistas" y "no se puede tratar así a la gente, el respeto debe estar por encima", señala.

La pasada semana, con un año de retraso, comenzaba el juicio contra la alcaldesa de Fabero, Mari Paz Martínez, y otros dos acusados, por un presunto delito de prevaricación administrativa en la contratación de personal municipal. La Fiscalía pedía para cada uno de ellos una pena de tres años de suspensión para empleo o cargo público, así como ocho meses de multa con una cuota diaria de diez euros, y la consiguiente responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas. Recordemos que debido a la huelga de letrados de Ponferrada el pasado año, la sesión se veía aplazada del 20 y 21 de febrero de 2023, al 26 y 27 de febrero de 2024.

 

 

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