La Audiencia Nacional avala la aplicación del Decreto para la quema de carbón autóctono en 2013

La empresa energética, afectada por la aplicación del decreto, consideraba fuera de la libertad de mercado esta obligación de comprar y consumir una serie de toneladas al año de mineral nacional.

27 de Enero de 2015
Actualizado: 29 de Enero de 2015 a las 15:18
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Central térmica de Anllares (ICAL)

La empresa energética especializada en ciclos combinados, afectada por la aplicación del decreto, consideraba  fuera de la libertad de mercado esta obligación de comprar y consumir una serie de toneladas al año de mineral nacional.

El decreto de garantía de suministro del año 2013 (el conocido como 'incentivo') obtiene el aval de la Audiencia Nacional, en una sentencia en la que se desestima el recurso contencioso administrativo de la compañía, aunque cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Elcogas consideró en su demanda pedir la anulación de "un sistema de retribución de las obligaciones de servicio público impuestas que resulta materialmente expropiatorio y confiscatorio". Añadía que tampoco justificaba cuáles han sido los criterios de la Administración para determinar las obligaciones de compra, cantidades y precios.
Por otro lado exponen que no se había tenido en cuenta en el cálculo de la retribución de la energía, el coste producido por el nuevo impuesto ‘céntimo verde’ del carbón.

La sentencia responde a todas estas consideración, y explica que incluir estos impuestos supondría "modificar la normativa" y que el Decreto salvaguarda desde la administración un recurso estratégico. "Uno de los objetivos de dicho mecanismo era evitar el cierre de estas centrales. Sin la regulación del sistema de restricciones por garantía de suministro, probablemente, las centrales de titularidad de la demandante no serían viables".

Contra un Decreto anterior, el de 2010, también habían recurrido otras compañías como Endesa, Iberdrola y Gas Natural. En aquel caso se llegó hasta resolución del Tribunal Supremo en mayo de 2013 desestimando también los contenciosos y validando la aplicación de este Decreto.