El Ministerio de Transición Ecológica desestima dos parques eólicos de Green Capital en El Bierzo

Se trata, eso sí, de un rechazo por procedimiento de forma, puesto que la compañía aportó fuera de plazo la documentación requerida. Ello supone la caducidad autómatica de los permisos de acceso y conexión a la red concedidos.

16 de Septiembre de 2023
Actualizado: 16 de Septiembre de 2023 a las 13:26
Guardar
Denegada la instalación de los tres parques eólicos de Green Capital en El Bierzo y Lugo
Denegada la instalación de los tres parques eólicos de Green Capital en El Bierzo y Lugo

 

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) desestimó la solicitud de instalación de dos parques eólicos, promovidos por Green Capital para instalar dos parques eólicos en El Bierzo. La desestimación llega por no cumplir los trámites administrativos “en tiempo y forma”.

Según figura en las resoluciones, publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este sábado, la solicitud para la instalación de los parques eólicos que la empresa Green Capital Development pretendía construir en la zona leonesa del Bierzo, bajo los nombres de Anemide y Torneros, y que alcanzarían los 80 y 54 MW de potencia instalada, respectivamente, fue desestimada por no acreditarse ante el gestor, por parte de la empresa, “el cumplimiento de los hitos administrativos en tiempo y forma”, lo que supone la caducidad automática de los permisos de acceso y conexión a la red concedidos, así como de las autorizaciones administrativas para la ejecución del parque.

Anemide se pretendía desplegar sobre Benuza y Torneros afectaba a 3 municipios de La Cabrera y Bierzo.

Parque eólico en El Bierzo
Parque eólico en El Bierzo

 

No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.