Aprobado el calendario de fiestas laborales para 2026 en Castilla y León: Se traslada al lunes las festividades de Todos los Santos y la Constitución

El Consejo de Gobierno ha aprobado este jueves el decreto que establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad para el año 2026. La propuesta aprobada respeta las festividades tradicionales, trasladando al lunes dos festividades

29 de Mayo de 2025
Actualizado: 29 de Mayo de 2025 a las 14:26
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El Consejo de Gobierno ha aprobado este jueves el decreto que establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad para el año 2026. La propuesta aprobada respeta las festividades tradicionales, trasladando al lunes siguiente los dos festivos que coinciden en domingo: el 1 de noviembre, Día de Todos los Santos, y el 6 de diciembre, Día de la Constitución.

El consejero de Economía y Hacienda y portavoz de la Junta, Carlos Fernández Carriedo, comparece en rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno | Miriam Chacón / ICAL

 

Según lo dispuesto en la propuesta, las fiestas laborales con carácter retribuido y no recuperable en Castilla y León para 2026 serán las siguientes:

  • 1 de enero: Año Nuevo
  • 6 de enero: Epifanía del Señor
  • 2 de abril: Jueves Santo
  • 3 de abril: Viernes Santo
  • 23 de abril: Fiesta de la Comunidad Autónoma
  • 1 de mayo: Fiesta del Trabajo
  • 15 de agosto: Asunción de la Virgen
  • 12 de octubre: Fiesta Nacional de España
  • 1 de noviembre: Todos los Santos (se traslada al lunes 2 de noviembre)
  • 6 de diciembre: Día de la Constitución Española (se traslada al lunes 7 de diciembre)
  • 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
  • 25 de diciembre: Natividad del Señor

La elaboración del calendario se ha realizado manteniendo el respeto a las fiestas tradicionales de la Comunidad Autónoma, las demandas sociales y las necesidades del sistema productivo. Además, ha contado con la consulta previa al Consejo Regional de Trabajo de Castilla y León, en el que están representadas las organizaciones empresariales y sindicales más representativas. Igualmente, se ha sometido al correspondiente trámite de participación, audiencia e información pública, sin que se haya registrado ninguna sugerencia en contra.

A ellos se suman 2 festivos locales que establece cada municipio

 

Estas catorce fiestas se establecen sin perjuicio de las dos fiestas de carácter local que deberán ser determinadas para cada municipio por la autoridad laboral competente, a propuesta del pleno del ayuntamiento respectivo.

 

 

 

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