El Consejo de Comercio de Castilla y León acordó proponer que los establecimientos de más de 300 metros cuadrados mantengan en 2027 las diez jornadas de apertura comercial autorizada en domingos y festivos, en línea con el calendario vigente. El órgano, no obstante, no cierra el calendario definitivo: corresponderá a la Junta de Castilla y León aprobar las fechas mediante la correspondiente disposición.
Así lo explicó el consejero de Industria, Universidades, Empleo y Comercio, Juan Carlos Suárez-Quiñones, tras la celebración de una sesión del Consejo de Comercio de Castilla y León, en la que estuvo acompañado por la secretaria general de la Consejería y la directora general de Comercio y Consumo, según informó Ical.
El debate se concentra en el puente de diciembre
Suárez-Quiñones señaló que la normativa estatal establece un mínimo de diez domingos y festivos de apertura comercial al año y que, en Castilla y León, rige la norma estatal “en su cifra mínima”. Por ello, la propuesta del Consejo se dirige a mantener ese número durante el próximo ejercicio.
El consejero detalló que, aunque existió un amplio consenso entre los representantes del sector presentes, persisten diferencias en una fecha concreta del puente de diciembre: “Hay unanimidad en todas las fechas. Hay una en la que hay diferentes opiniones, que es abrir el día 5 o el día 6 de diciembre”.
Según explicó, los representantes del Consejo expusieron los argumentos y fundamentos de ambas opciones para que la Administración autonómica los valore antes de adoptar una decisión definitiva. “Se aportan los razonamientos y los fundamentos de una y otra y después la Junta decidirá”, manifestó.
Un informe preceptivo, pero no vinculante
El consejero recordó que la propuesta del Consejo de Comercio constituye un informe preceptivo, pero no vinculante, por lo que corresponderá al Ejecutivo autonómico aprobar mediante la correspondiente disposición el calendario definitivo de domingos y festivos de apertura comercial para 2027.
Durante su intervención, Suárez-Quiñones subrayó también el papel del Consejo como órgano de participación y consulta, donde están representadas administraciones territoriales —desde la Administración General del Estado hasta la autonómica y las entidades locales—, además de los principales agentes económicos y sociales vinculados a la actividad comercial. En concreto, indicó que forman parte del órgano representantes del comercio mayorista y minorista, grandes superficies, pequeños establecimientos, organizaciones de consumidores y sindicatos.
Revisión de la Estrategia de Consumo 2024-2027
La reunión abordó, además, el seguimiento de la Estrategia de Consumo de Castilla y León 2024-2027. Suárez-Quiñones señaló que la directora general de Comercio y Consumo presentó un informe sobre el desarrollo de esta estrategia durante el ejercicio 2025, con atención a las distintas actuaciones y políticas desarrolladas en el marco de los planes anuales previstos.
El consejero recordó que la estrategia se articula mediante programas de actuación anuales y que la sesión permitió trasladar a los miembros del Consejo la información relativa a su ejecución durante el pasado año.
Por último, justificó la ausencia de valoraciones políticas sobre las actuaciones de la Consejería por el periodo preelectoral, que, según indicó, obliga a las administraciones públicas a mantener una comunicación institucional objetiva: “Estamos en un periodo preelectoral donde la comunicación por parte de las administraciones y las instituciones tiene que ser objetiva y sin valoraciones, sin determinación de logros ni de proyecciones de futuro”.
Castilla y León fija los días inhábiles de 2027 para los plazos administrativos
Serán inhábiles los sábados y los domingos de 2027. También se consideran inhábiles los días de fiesta laboral, entre los que figuran el 1 de enero (Año Nuevo), el 6 de enero (Epifanía del Señor), el 25 de marzo (Jueves Santo) y el 26 de marzo (Viernes Santo), así como el 23 de abril (Fiesta de Castilla y León) y el 1 de mayo (Fiesta del Trabajo).
La orden incluye asimismo el 15 de agosto (Asunción de la Virgen), que se traslada al lunes. La relación recoge además el 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), el 1 de noviembre (Todos los Santos), el 6 de diciembre (Día de la Constitución Española) y el 8 de diciembre (Inmaculada Concepción), así como el 25 de diciembre (Natividad del Señor).Junto a esos días, serán inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos los correspondientes a las fiestas de las entidades locales en las que resida la persona interesada. En estos casos, la norma señala que las fiestas deben haber sido acordadas por la autoridad laboral competente y publicadas, o que se publiquen, en los boletines oficiales de las distintas entidades.
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