Castilla y León fija los días inhábiles de 2027 para los plazos administrativos

La orden publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León declara inhábiles los sábados, los domingos y una serie de festivos, además de las fiestas locales de cada municipio

27 de Septiembre de 2026
Actualizado: 27 de Septiembre de 2026 a las 11:47
Oficina de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León en Ponferrada | Foto: InfoBierzo

El Boletín Oficial de Castilla y León ha publicado la orden de la Consejería de Desregulación, Familia y Ayudas Sociales por la que se establece el calendario de días inhábiles que regirá durante el año 2027 en la Comunidad a efecto del cómputo de plazos administrativos.

De este modo, serán inhábiles los sábados y los domingos de 2027. También se consideran inhábiles los días de fiesta laboral, entre los que figuran el 1 de enero (Año Nuevo), el 6 de enero (Epifanía del Señor), el 25 de marzo (Jueves Santo) y el 26 de marzo (Viernes Santo), así como el 23 de abril (Fiesta de Castilla y León) y el 1 de mayo (Fiesta del Trabajo).

Oficina de la Junta de Castilla y León en Ponferrada

 

La orden incluye asimismo el 15 de agosto (Asunción de la Virgen), que se traslada al lunes. La relación recoge además el 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), el 1 de noviembre (Todos los Santos), el 6 de diciembre (Día de la Constitución Española) y el 8 de diciembre (Inmaculada Concepción), así como el 25 de diciembre (Natividad del Señor).

Junto a esos días, serán inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos los correspondientes a las fiestas de las entidades locales en las que resida la persona interesada. En estos casos, la norma señala que las fiestas deben haber sido acordadas por la autoridad laboral competente y publicadas, o que se publiquen, en los boletines oficiales de las distintas entidades.

 

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