La Junta fija servicios mínimos en las escuelas infantiles de 0 a 3 años ante la huelga de este 7 de mayo

La Junta de Castilla y León ha aprobado los servicios mínimos que deberán garantizarse durante la huelga general convocada para este jueves 7 de mayo

ICAL
06 de Mayo de 2026
Actualizado: 06 de Mayo de 2026 a las 10:39
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La Junta de Castilla y León ha aprobado los servicios mínimos que deberán garantizarse durante la huelga general convocada para este jueves 7 de mayo en los centros docentes públicos no universitarios que escolarizan alumnado de entre 0 y 3 años y dependen de la Consejería de Educación. La medida aparece recogida en la Orden EDU/393/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL).

La convocatoria de huelga ha sido promovida por las organizaciones sindicales FE-CCOO y CGT y afecta, entre otros, a las escuelas infantiles de titularidad autonómica. La Administración autonómica justifica la fijación de servicios mínimos en la necesidad de garantizar un servicio esencial y proteger el derecho a la educación recogido en la Constitución Española.

Según establece la orden, en las Escuelas de Educación Infantil dependientes de la Junta deberá permanecer al menos un responsable del centro, un técnico superior de Educación Infantil por cada unidad, además de un trabajador de servicios y otro de cocina. En el caso de otros centros educativos con unidades autorizadas del primer ciclo de Infantil, como CEIP, CRA o CEO, se garantizará la presencia de un técnico superior de Educación Infantil por unidad.

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La Junta señala que el ejercicio del derecho de huelga “no es un derecho absoluto” y recuerda que debe compatibilizarse con el mantenimiento de servicios públicos considerados esenciales. Asimismo, advierte de que los servicios mínimos no podrán verse alterados por paros o interrupciones del personal designado, ya que esos actos serían considerados ilegales.

La orden, firmada por la consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, María Isabel Blanco Llamas, en sustitución del titular de Educación, entró en vigor el mismo día de su publicación en el BOCYL y podrá ser recurrida por vía administrativa o contencioso-administrativa.

 

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