La Junta de Castilla y León, a través de la Unidad De Desarrollo Agrario Y Unidad Veterinaria Villafranca del Bierzo, ha remitido un bando informativo para con el conjunto de "Medidas de Bioseguridad frente a Gripe Aviar-Confinamiento de aves domésticas". Dicho bando informativo, firmado por Fidel Fernández Gómez procedente de la SVO de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, tras "la confirmación de varios focos en aves silvestres y domésticas en Castilla y León".
De este modo, "para evitar la introducción de esta enfermedad en las explotaciones avícolas de nuestra zona, la legislación vigente en Sanidad Animal y en concreto la Orden APA/2442/2006, de 27 de julio, por la que se establecen medidas específicas de protección con la InflueNza Aviar", apunta la Junta de Castilla y León.
Las medidas son las siguientes:
1 - Queda prohibido la utilización de aves anseriformes (patos, ocas, gansos, cisnes, etc) y Charadniformes (gaviotas, zarapicos , etc) como señuelo.
2 - Queda prohibida la cría de patos y gansos con otras especies de aves de corral
3- Queda prohibida la cría de aves de corral AL AIRE LIBRE. Si esto no es posible, se dispondrá de telas pajareras o cualquier otro dispositivo que impida la entrada de aves silvestres, y evite el contacto de éstas con los alimentos o el agua destinados a aves de corral
4 - Queda prohibido dar agua a las aves de corral procedente de depósitos de agua a los que pueda acceder aves silvestres, salvo que se higienice esa agua.
5 - Los depósitos de aguas situados en el exterior, quedarán protegidos de las aves acuáticas silvestres
6 Queda prohibido la presencia de aves de corral u otro tipo de aves acuáticas en los centros de concentración de animales.
De este modo, "para evitar la introducción de esta enfermedad en las explotaciones avícolas de nuestra zona, la legislación vigente en Sanidad Animal y en concreto la Orden APA/2442/2006, de 27 de julio, por la que se establecen medidas específicas de protección con la InflueNza Aviar", apunta la Junta de Castilla y León.
Las medidas son las siguientes:
1 - Queda prohibido la utilización de aves anseriformes (patos, ocas, gansos, cisnes, etc) y Charadniformes (gaviotas, zarapicos , etc) como señuelo.
2 - Queda prohibida la cría de patos y gansos con otras especies de aves de corral
3- Queda prohibida la cría de aves de corral AL AIRE LIBRE. Si esto no es posible, se dispondrá de telas pajareras o cualquier otro dispositivo que impida la entrada de aves silvestres, y evite el contacto de éstas con los alimentos o el agua destinados a aves de corral
4 - Queda prohibido dar agua a las aves de corral procedente de depósitos de agua a los que pueda acceder aves silvestres, salvo que se higienice esa agua.
5 - Los depósitos de aguas situados en el exterior, quedarán protegidos de las aves acuáticas silvestres
6 Queda prohibido la presencia de aves de corral u otro tipo de aves acuáticas en los centros de concentración de animales.
