Condenan el cártel de camiones en la provincia de León por vender vehículos con sobrecoste 

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de León, especializada en asuntos mercantiles, ha dictado la primera sentencia sobre una acción de daños derivados de conducta anticompetitiva en relación con el caso conocido como “cártel de los fabricantes de camiones”, respecto al cual planteó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La Sala ha confirmado la condena indemnizatoria a VOLVO y DAF en un procedimiento de reclamación de perjuicios derivados del sobrecoste soportado por los compradores de camiones por las conductas colusorias sancionadas por la Comisión Europea.  En total, el comprador de 3 camiones será indemnizado con  38.148,71 € o cantidad que resulte procedente, más los intereses legales y costas.

20 de Septiembre de 2022
Actualizado: 27 de Septiembre de 2022 a las 11:53
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Transporte de Mercanc� por Carretera
Transporte de Mercanc� por Carretera
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de León, especializada en asuntos mercantiles, ha dictado la primera sentencia sobre una acción de daños derivados de conducta anticompetitiva en relación con el caso conocido como ‘cártel de los fabricantes de camiones’, respecto al que planteó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). 

 



La sala ha confirmado la condena indemnizatoria a dos compañías en un procedimiento de reclamación de perjuicios derivados del sobrecoste soportado por los compradores de camiones por las conductas colusorias -que consisten en un acuerdo, decisión o recomendación colectiva, o práctica concertada para impedir, restringir o falsear la competencia en todo o en parte del territorio nacional- y que son sancionadas por la Comisión Europea. 

La Audiencia, con las respuestas aportadas por el TJUE (asunto C-267/20), ha resuelto aplicar la Directiva de Daños en cuanto al plazo de cinco años de prescripción y la novedosa facultad de estimación judicial del daño en un contexto de dificultad probatoria y al mismo tiempo confirmar la indemnización impuesta a dos fabricantes de camiones correspondiente en un porcentaje del 15 por ciento de sobrecoste. 

 



 

La sala decidió en junio de 2020 suspender las actuaciones y plantear una cuestión prejudicial al TJUE en la que se preguntaba sobre la aplicación al caso de la Directiva de Daños 2014/104/UE; en concreto, sobre el plazo de prescripción de cinco años, la presunción del daño y la facultad de estimación judicial del daño en un supuesto de excesiva dificultad de cuantificación de los perjuicios, señalan fuentes judiciales. 

La resolución judicial de la Audiencia no es firme y puede interponerse contra ella recurso de casación y también recurso extraordinario por infracción procesal ante el Tribunal Supremo en un plazo de 20 días desde el siguiente al de su notificación.