El Consejo del Bierzo convoca las bases para financiar pequeñas obras con un presupuesto total de 83.000 euros

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Juntas vecinales pertenecientes a los 38 municipios que integran la comarca del Bierzo, que se encuentren inscritas en el registro de Entidades Locales del Ministerio de Hacienda siempre que acrediten el cumplimiento de los requisitos de no estar incursos en ninguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el art. 13.2 de la L.g.S. mediante declaración responsable del representante de la corporación Local

12 de Mayo de 2022
Actualizado: 16 de Mayo de 2022 a las 11:58
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pedanias balboa
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La edición de este jueves del Boletín Oficial de la provincia de León (BOP) ha publicado la convocatoria que tiene por objeto coadyuvar junto con las Juntas vecinales a la financiación de pequeñas obras de competencia local para el ejercicio 2021.

Las subvenciones se concederán para el periodo 2021 con cargo a la aplicación 943-76821, con la cuantía inicial de 82.991,90 euros, y queda condicionado a la existencia de consignación adecuada y suficiente en la aplicación 943-76821.

Las subvenciones que se otorguen con cargo a esta convocatoria tendrán carácter provisional y serán incrementadas proporcionalmente, sin necesidad de nuevo acuerdo, con las bajas que se puedan generar en las actuaciones aprobadas con cargo al Plan de Juntas Vecinales para la comarca del Bierzo para la anualidad 2021 en la aplicación presupuestaria 743.768 21 hasta cubrir, como máximo, el 100% del importe de las memorias técnicas incorporadas a sus solicitudes hasta agotar el crédito total de la aplicación presupuestaria.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Juntas vecinales pertenecientes a los 38 municipios que integran la comarca del Bierzo, que se encuentren inscritas en el registro de Entidades Locales del Ministerio de Hacienda siempre que acrediten el cumplimiento de los requisitos de no estar incursos en ninguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el art. 13.2 de la L.g.S. mediante declaración responsable del representante de la corporación Local.

Los beneficiarios deberán cumplir, junto con las obligaciones impuestas en el art. 14 de la Ley general de Subvenciones, las establecidas en la ordenanza general de Subvenciones, así como en la normativa en materia de contratación regulada en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público y demás normativa aplicable

La subvención máxima a conceder por cada actuación, no podrá exceder, en la adjudicación provisional, de las siguientes cuantías:

- Entidades Locales menores de hasta 50 habitantes: 5.000 €
- Entidades Locales menores de 51 a 500 habitantes: 6.000 €
- Entidades Locales menores de más de 500 habitantes: 7.000 €


La cuantía de máxima definitiva de las subvenciones se determinará de conformidad con los criterios expuestos en la base tercera de esta convocatoria.