El Supremo confirma 9 años de inhabilitación política al exalcalde de Cacabelos, Sergio Álvarez, por prevaricación administrativa

El alto tribunal desestima el recurso de Álvarez contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que confirmó a su vez la dictada por la Audiencia de León

27 de Septiembre de 2021
Actualizado: 02 de Octubre de 2021 a las 11:50
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sergio alvarez cacabelos
sergio alvarez cacabelos
Imagen de archivo de Sergio Álvarez

 

La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de nueve años de inhabilitación especial para el empleo o cargo público de alcalde al ex-regidor de la localidad berciana de Cacabelos, Sergio Álvarez de Arriba, como autor responsable de un delito de prevaricación administrativa, por haber dictado un acuerdo en 2016 "sin tener competencia para ello, por el que negaba la reincorporación a su puesto tras una baja médica del interventor del municipio, que hacía unos meses le había propinado varios empujones e insultado", tal y como han informado este lunes fuentes del órgano judicial.

Por ende, el alto tribunal desestima el recurso de Álvarez contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que confirmó a su vez la dictada por la Audiencia de León.

El Supremo constata en la sentencia emitida "la existencia de la desviada intención que impulsó al recurrente a dictar su acuerdo, lo que la sentencia impugnada expresa claramente en su segundo fundamento jurídico, al indicar que la normativa de protección de riesgos laborales en la que pretende ampararse no es de aplicación y que, como queda patente en los hechos reflejados en la Sentencia que no se discuten por el recurrente, se abrieron simultáneamente un procedimiento penal y otro disciplinario contra el interventor, por iniciativa suya, lo que pone de manifiesto que era plenamente consciente de que la prohibición de que este se incorporase a su puesto de trabajo quedaba fuera del ámbito de sus competencias, ya que solo podía provenir bien del Juez competente (orden de alejamiento), bien de la Autoridad administrativa que ordenó la instrucción del expediente disciplinario (suspensión de funciones) y buena prueba de ello es que así lo solicitó de ambas no siendo atendidos sus requerimientos, a pesar de lo cual mantuvo su resolución de 11 de enero de 2016 de impedirle ocupar su puesto de trabajo”.

Los hechos se remontan a 2018, cuando la Audiencia Provincial de León condenó al alcalde de Cacabelos, Sergio Álvarez de Arriba, a nueve años de inhabilitación especial para el empleo o cargo público de alcalde, como autor responsable de un delito de prevaricación administrativa, además de imponerle el pago de las costas del juicio celebrado en el mes de octubre de dicho año, incluidas las de la acusación particular.

En su declaración en 2018, Álvarez -para el que la Fiscalía solicitó 13 años de inhabilitación- aseguró no haber impedido en ningún momento -tal y como consideró la acusación- la reincorporación del interventor titular del Consistorio y el entonces equipo de gobierno defendió la legalidad del nombramiento de la funcionaria que ejercía de interventora interina desde que el titular de la plaza se acogiera a una baja laboral en agosto de 2015 tras protagonizar un intento de agresión al alcalde, presunto delito del que fue absuelto también en 2018.

Una providencia del Tribunal Supremo obligó a reincorporar al interventor titular del Consistorio y el entonces equipo de gobierno municipal dijo que “no se podía cumplir” debido a que el funcionario participó en un concurso de traslados en marzo de 2016.

Ante el dictamen de la Audiencia Provincial, presentó la defensa de Álvarez recurso ante el TSJCYL que ratificó la misma sentencia, recurrida nuevamente ante el Supremo. De este modo, el alto tribunal ratifica de manera definitiva la pena a Sergio Álvarez de Arriba, que queda inhabilitado para ejercer como alcalde durante los próximos nueve años.