El TSJ ratifica la medida de la Junta de limitar la agrupación de personas en eventos sociales y familiares a un número máximo de seis

A través de este auto se limita la participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en vía pública como en espacios públicos y privados, a un número máximo de seis personas

21 de Octubre de 2020
Actualizado: 23 de Octubre de 2020 a las 11:37
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terrazasfase1ponfe (32)
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha dictado este miércoles un auto por el que ratifica la medida de la Junta contenida en el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 en Castilla y León por la que se limita la participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en vía pública como en espacios públicos y privados, a un número máximo de seis personas.

Además, según confirmaron fuentes del TSJCyL, en el auto se indica que la Administración autonómica deberá comunicar a la Sala de lo Contencioso-Administrativo cualquier incidencia que afecte sustancialmente a la ejecución de las medidas ratificadas o determinen, en su caso, la procedencia de alzar las mismas, al igual que deberá solicitar la ratificación de la prórroga de las medidas si fuera acordada por la Administración Sanitaria.