Fiscalía pide 4 años de cárcel a una madre y su hija por tráfico de drogas en Ponferrada

Como consecuencia de esta interceptación, se halló en ese momento en poder de los acusados 32 papelinas que resultaron ser 10,54 gramos de cocaína con una riqueza del 81,60 %, 4,52 gramos de cocaína con una riqueza del 82,87 %, 3,78 gramos de cannabis con una riqueza del 12,45 %, así como también tres teléfonos móviles

21 de Enero de 2022
Actualizado: 25 de Enero de 2022 a las 19:10
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Fiscalía pide para los dos acusados (madre e hija) la pena de 4 años de prisión, además de 6.000 euros de multa por los hechos ocurridos en 2018, cuando ambas fueron detenidas tras un registro en un bar y en sus respectivos domicilios. Según figura en las diligencias, se les incautaron 14 gramos de cocaína, 156 de resina de cannabis, 12,5 de hoja de cannabis, además de casi 5.000 euros, entre los encontrados en el bar y en las dos casas. El juicio por este caso tendrá lugar el próximo 25 de enero en la Audiencia Provincial de León.


 

También se pide 4 años de prisión con la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 3.000 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un mes de privación de libertad en caso de impago por un "delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud", como han transmitido desde el órgano de justicia en otro caso que llegará a la audiencia provincia ese mismo día.

Los hechos se remontan a octubre de 2019, cuando parte de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad albergaban serias sospechas de que podrían estar adquiriendo sustancia estupefaciente para su posterior venta ilícita, se procedió a establecer un dispositivo de vigilancia que cristalizó el día 27 de octubre de 2019 sobre las 16:20 horas, puesto que en ese momento ambos acusados fueron interceptados mientras circulaban en el vehículo en las proximidades de la Glorieta del Cine de la localidad de Ponferrada.

Como consecuencia de esta interceptación, se halló en ese momento en poder de los acusados 32 papelinas que resultaron ser 10,54 gramos de cocaína con una riqueza del 81,60 %, 4,52 gramos de cocaína con una riqueza del 82,87 %, 3,78 gramos de cannabis con una riqueza del 12,45 %, así como también tres teléfonos móviles.

Las sustancias antes mencionadas iban a ser destinadas por los acusados para facilitar su entrega a otras personas y así proporcionar su consumo a terceros todo ello a cambio de dinero.

La cocaína es una sustancia estupefaciente incluida en la Lista I de la Convención Única de 1961 sobre estupefacientes, enmendada por el Protocolo de 25 de mayo de 1972 y que causa grave daño a la salud. El cannabis es una sustancia estupefaciente que no causa grave daño a la salud, incluida en la lista IV de la Convención Única de 1961 sobre sustancias estupefacientes, enmendada por el protocolo de mayo de 1972.

La valoración en el mercado ilícito de la droga incautada resultó ser del siguiente modo: A los 15,06 gramos le corresponderían 1.766,12 euros en el caso de su venta por gramos, mientras que por su parte el cannabis incautado tendría una valoración de 21,92 euros.

Los hechos anteriormente descritos son constitutivos de un delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud, previsto en los Art. 368, 374 y 377, todos ellos del Código Penal.

Procede imponer a cada uno de los acusados la pena de cuatro años de prisión, con la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 3.000 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un mes de privación de libertad en caso de impago, prevista en el Art. 53.2 del Código Penal. Costas, por mitad e iguales partes.