La Junta publica "medidas de bioseguridad" contra la Gripe Aviar tras "la confirmación de varios focos" en aves de Castilla y León

La Junta de Castilla y León, a través de la Unidad De Desarrollo Agrario Y Unidad Veterinaria Villafranca del Bierzo, ha remitido un bando informativo para con el conjunto de "Medidas de Bioseguridad frente a Gripe Aviar-Confinamiento de aves domésticas". Dicho bando informativo, firmado por Fidel Fernández Gómez procedente de la SVO de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, tras "la confirmación de varios focos en aves silvestres y domésticas en Castilla y León".

27 de Diciembre de 2022
Actualizado: 05 de Enero de 2023 a las 10:39
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La Junta de Castilla y León, a través de la Unidad De Desarrollo Agrario Y Unidad Veterinaria Villafranca del Bierzo, ha remitido un bando informativo para con el conjunto de "Medidas de Bioseguridad frente a Gripe Aviar-Confinamiento de aves domésticas". Dicho bando informativo, firmado por Fidel Fernández Gómez procedente de la SVO de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, tras "la confirmación de varios focos en aves silvestres y domésticas en Castilla y León".

 



 

De este modo, "para evitar la introducción de esta enfermedad en las explotaciones avícolas de nuestra zona, la legislación vigente en Sanidad Animal y en concreto la Orden APA/2442/2006, de 27 de julio, por la que se establecen medidas específicas de protección con la InflueNza Aviar", apunta la Junta de Castilla y León.

Las medidas son las siguientes:

1 - Queda prohibido la utilización de aves anseriformes (patos, ocas, gansos, cisnes, etc) y Charadniformes (gaviotas, zarapicos , etc) como señuelo.

2 - Queda prohibida la cría de patos y gansos con otras especies de aves de corral

3- Queda prohibida la cría de aves de corral AL AIRE LIBRE. Si esto no es posible, se dispondrá de telas pajareras o cualquier otro dispositivo que impida la entrada de aves silvestres, y evite el contacto de éstas con los alimentos o el agua destinados a aves de corral

4 - Queda prohibido dar agua a las aves de corral procedente de depósitos de agua a los que pueda acceder aves silvestres, salvo que se higienice esa agua.

5 - Los depósitos de aguas situados en el exterior, quedarán protegidos de las aves acuáticas silvestres

6 Queda prohibido la presencia de aves de corral u otro tipo de aves acuáticas en los centros de concentración de animales.