Los tribunales 'acallan' las campanas de la iglesia de San Ignacio de Ponferrada por la Ley del Ruido

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Astorga ha dictado una sentencia que obliga a cesar el uso de las campanas de la iglesia de San Ignacio de Ponferrada hasta que su volumen se adapte a los límites

16 de Mayo de 2025
Actualizado: 16 de Mayo de 2025 a las 14:00
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https://youtu.be/-KzRA7dUbnk

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Astorga ha dictado una sentencia que obliga a la Diócesis de Astorga a cesar el uso de las campanas de la iglesia de San Ignacio de Ponferrada hasta que su volumen se adapte a los límites establecidos por la legislación vigente sobre contaminación acústica, así lo ha recogido el medio 'El Confidencial'. La resolución, comunicada esta semana a las partes, considera probado que los tañidos de las campanas superan con creces los niveles de ruido permitidos por la Ley 5/2009 de Castilla y León, lo que ha motivado la condena a aplicar medidas correctoras y a pagar una indemnización de 1.000 euros al denunciante por los daños morales sufridos.

san ignacio 2
Iglesia San Ignacio 

 

Según el medio citado, la sentencia responde a una demanda civil presentada el 12 de enero de 2024, respaldada por informes técnicos y mediciones acústicas realizadas en el domicilio del afectado, que demostraban una exposición constante a niveles de ruido superiores a lo permitido. El juzgado no distingue entre los toques horarios y los llamamientos al culto, y señala que ambos deben someterse a los mismos límites legales. Además, la resolución subraya que el toque de campanas —aun siendo una práctica reconocida como Patrimonio Inmaterial por la UNESCO— no está amparado por el derecho a la libertad religiosa recogido en el artículo 16 de la Constitución Española, ni por la Ley Orgánica 7/1980 que regula este derecho.

La polémica se remonta a hace tres años, cuando el nuevo párroco de San Ignacio, José Antonio Prieto, asumió la gestión de la parroquia e incrementó notablemente la intensidad del sonido de las campanas, especialmente durante los llamamientos a misa, utilizando las siete campanas del templo. Esta modificación motivó las primeras quejas vecinales y una denuncia presentada en 2022 ante el Ayuntamiento de Ponferrada, competente en la aplicación de la normativa sobre ruidos. El consistorio emitió entonces un primer decreto exigiendo a la parroquia que ajustara el volumen de sus campanas a los niveles legales.

Colegio Diocesano San Ignacio de Ponferrada
Colegio Diocesano San Ignacio de Ponferrada, situado al lado de la iglesia afectada

 

Sin embargo, dicho decreto fue anulado posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León por un defecto de forma: la ausencia en el expediente del certificado de calibración de los medidores acústicos utilizados. Esta resolución no abordaba el fondo del asunto, lo que llevó al denunciante a reiterar su queja. El Ayuntamiento dictó un nuevo decreto, en esta ocasión haciendo especial énfasis en la necesidad de reducir el volumen de los toques litúrgicos, que son los más intensos.

Todo apunta a que la Diócesis volverá a recurrir este segundo decreto ante la misma instancia judicial.  Mientras tanto, la sentencia civil obliga al cese de los tañidos hasta que se adopten las medidas necesarias para cumplir con la normativa

 

 

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