La Audiencia juzga la próxima semana por estafa a dos responsables de un negocio de compraventa de coches en Ponferrada

Los delitos citados fueron cometidos durante los años 2015 y 2016 en la capital del Bierzo y se trata de unos contratos de compraventa falsos por lo que establece como responsabilidad civil una indemnización a las víctimas de  35.161 euros

19 de Abril de 2024
Actualizado: 19 de Abril de 2024 a las 11:10
Guardar
Audiencia Provincial de León | La Audiencia de León juzga la próxima semana por estafa a dos responsables de un negocio de compraventa de coches en Ponferrada
Audiencia Provincial de León | La Audiencia de León juzga la próxima semana por estafa a dos responsables de un negocio de compraventa de coches en Ponferrada

La Audiencia Provincial de León celebra el próximo 25 y 26 de abril el juicio oral para los dos acusados de estafa continuada por compraventa de coches sucedida entre 2015 y 2016. La Fiscalía de Ponferrada solicita a uno de los acusados 6 años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a la acusada 5 años de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
 

Tras de varias suspensiones del juicio, la última el 8 y 9 de enero de este mismo año, la Audiencia de León juzga este 25 y 26 de abril el juicio de estafa continuada por compraventa de coches sucedida entre 2015 y 2016. La Fiscalía pide 6 años de prisión para el acusado y 5 años de prisión para la acusada de un delito continuado de estafa que supuestamente habrían cometido el venta de una decena de automóviles entre los años 2015 y 2016 y por el que deberán pagar una indemnización de 115 mil euros.


Los hechos acontecidos son los siguientes:

El día 12 de febrero de 2016, una de las víctimas vendió al acusado un coche, por un precio total de 11.500 euros, de manera que el acusado le pagó con un cheque sin fondos, lo cual le supuso unos gastos bancarios de 517,95 euros. De esta manera, la víctima reclama la indemnización que por estos hechos pudiera corresponderle.

El día 1 de septiembre de 2015, otra de las víctimas dejó a los acusados el vehículo Ford Probe , con el objetivo de que lo vendieran y, tras cobrar su comisión, darle la parte correspondiente a la víctima. No obstante a lo anterior, los acusados, tras engañarlo vendieron el coche, valorado en 2700 euros, e intencionadamente no le entregaron dinero alguno al perjudicado, quien reclama la indemnización que por estos hechos pudiera corresponderle.

El día 11 de marzo de 2016 los acusados simularon vender el vehículo Ford Probe de tal manera que tras celebrar el correspondiente contrato de compraventa, pagó 2.000 euros, sin llegar a recibir en ningún
momento el vehículo mentado. La victima reclama la indemnización que por estos hechos pudiera corresponderle.

El día 10 de mayo de 2016 otra víctima entregó a los acusados el vehículo Mercedes , valorado pericialmente en 24.000 euros, con el fin de que les cambiara las ruedas. Lejos de tal actividad, los acusados procedieron a la venta ilícita del vehículo sin el consentimiento de la propia víctima, quien no había autorizado la venta ni tampoco percibió cantidad alguna de la misma.
La víctima reclama la indemnización que pudiera corresponderle.

En fecha que no ha podido ser determinada, pero en todo caso entre finales de 2015 y principios de 2016, otra víctima dejó su vehículo Mini Cooper en el establecimiento de los acusados, con el fin de proceder a su tasación y posible venta, con el acuerdo de que los acusados se quedasen con una parte del precio obtenido en concepto de comisión. No obstante lo anterior, los acusados procedieron a la venta del vehículo antes mentado, sin comunicar tal circunstancia a la propia vítcima ni tampoco entregarle cantidad económica alguna. El Mini Cooper ha sido tasado pericialmente en 8.500 euros. La víctima reclama la indemnización que por estos hechos pudiera corresponderle.

En fecha que no ha podido ser determinada, pero en todo caso a finales del año 2015 otra víctima dejó a los acusados para revisión el vehículo BMW , tasado pericialmente en 9.500 euros, de
manera que los acusados, sin consentimiento del propio, lo vendieron, causando con ello un perjuicio a la víctima quien reclama la indemnización que por estos hechos pudiera corresponderle.

El día 9 de diciembre de 2015 los acusados procedieron a vender ilícitamente el anterior vehículo BMW a otra víctima por una cantidad de 4.680 euros, de manera que en marzo de 2016 Esta dejó el vehículo en el establecimiento de los acusados para una reparación, de modo que, sin el consentimiento los acusados procedieron a su ilícita venta.

El día 24 de noviembre de 2015 concertaron un contrato de compraventa del vehículo Range Rover Sport a favor del mismo la víctima a cambio de 19.000 euros. Sin embargo y pese a haber recibido el dinero, no llegaron a entregar el vehículo, sino que con anterioridad, en concreto el día 12 de noviembre de 2015, habían procedido a su ilícita reventa por un precio de 18.000 euros + un vehículo , de modo quela víctima llevó este vehículo al taller para arreglos y se quedó sin él por la reventa.

El día 1 de febrero de 2016 otra víctima entregó a los acusados para su venta un vehículo Volkswagen Passat , de manera que en fecha 10 de mayo de 2016 los acusados le entregaron a sabiendas un cheque sin fondos por valor de 1.800 euros. La víctima reclama la indemnización que por estos hechos pudiera corresponderle.

En fecha no determinada, pero en todo caso en junio de 2015 otra víctima compró a los acusados un vehículo BMW, de manera que al presentar una serie de fallos mecánicos y encontrarse en garantía, lo dejó en el establecimiento de los acusados, quienes, de manera ilícita y sin consentimiento procedieron a su reventa a otra persona en el mes de abril de 2016. El vehículo ha sido tasado pericialmente en 6.900 euros.

En mayo de 2015 otra víctima adquirió de los acusados un vehículo Audi A4 Avant de modo que cuando realizó dicha adquisición se había declarado por parte de los acusados que estaba libre de cargas y gravámenes, aún a sabiendas de que no era cierto, puesto que sobre el mismo pesaban dos anotaciones de embargo por valor de 3.222,21 euros y de 8.750,25 euros y los acusados eran conscientes de tal circunstancia. El vehículo mentado no ha sido tasado pericialmente. 

Estos hechos anteriormente descritos son constitutivos de un delito continuado de estafa por el que se impone a uno de los acusados 6 años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a la acusada cinco años de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
 

 

Entérate de las últimas noticias y avisos importantes haciéndote seguidor de nuestro canal en WhatsApp. Entra en este enlace y activa las notificaciones del Canal.

Temas