El Procurador del Común de Castilla y León ha instado al Ayuntamiento de Ponferrada a adoptar medidas para minimizar las molestias por ruido de los eventos que puedan volver a celebrarse en los Jardines del Sil tras su remodelación. En una resolución fechada el 10 de septiembre, la institución pide que las futuras autorizaciones municipales especifiquen las características, la potencia y la ubicación concreta de los equipos de reproducción y amplificación sonora para proteger a los vecinos de las viviendas próximas.
La actuación parte de una queja por los ruidos generados por actividades como la Noche Templaria, el Mercado Medieval de las Fiestas de la Encina y el Mercado Romano, además de la instalación del Rastro Dominical desde 2021. Según las reclamaciones recogidas en el expediente, la acumulación de actividades en este espacio afecta al descanso de los residentes del entorno.
El Ayuntamiento justificó el traslado de los mercados a los Jardines del Sil por motivos de seguridad. En el caso del Romano, anteriormente ubicado en la avenida de España, explicó que el cambio facilita el acceso de ambulancias, vehículos policiales y bomberos, así como la entrada de los vecinos a sus viviendas y cocheras. Respecto al Medieval, trasladado desde Gil y Carrasco y la avenida del Castillo, añadió la necesidad de evitar obstáculos en el acceso al Hospital de la Reina.
El Procurador considera que estas explicaciones cumplen el deber de motivar la elección del emplazamiento. También señala que no consta un incumplimiento de las condiciones fijadas para los mercados y para «Ponsferrata», la actividad vinculada a la Noche Templaria que se desarrolló en los jardines en 2025. Según la información municipal, los actos de esta última celebración estaban autorizados hasta las dos de la madrugada y no excedieron ese horario.

Sin embargo, la institución recuerda que la organización de estas actividades debe respetar la normativa sobre ruido y compatibilizar el ocio con los derechos al descanso, la salud y la intimidad de los residentes. Por ello, reclama que, si se recuperan los eventos después de las obras, las autorizaciones determinen los equipos de sonido permitidos y su ubicación para reducir el impacto acústico sobre las viviendas inmediatas.
La resolución aborda además las molestias denunciadas por la reubicación de la terraza de un establecimiento hostelero próximo. Durante algunas celebraciones, sus mesas y sillas se trasladaron provisionalmente a zonas de estacionamiento porque el mercado ocupaba el espacio que tenía autorizado.
Según recoge el documento, un informe de la Policía Local reconocía ese traslado temporal durante las fiestas. El Procurador advierte de que la reubicación de una terraza requiere la correspondiente autorización municipal, aunque tenga carácter provisional.
El reclamante comunicó posteriormente que, con las obras de los Jardines del Sil, la terraza permanecía en una zona de aparcamiento junto al local. La institución señala que en la documentación facilitada por el Ayuntamiento no consta una autorización para ese nuevo emplazamiento.
Por ello, pide que, si la terraza carece del permiso exigido, el Consistorio aplique las medidas de restauración de la legalidad previstas en la ordenanza municipal. Esta norma contempla requerir al titular la retirada de los elementos en un plazo de diez días hábiles y, si no cumple, proceder a su retirada mediante ejecución subsidiaria a su costa.
El Procurador del Común solicita al Ayuntamiento que comunique de forma motivada, en un plazo de dos meses, si acepta o rechaza la resolución. Si la acepta, pide también que remita los actos administrativos que adopte para cumplirla.
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