El Boletín Oficial de Castilla y León de este miércoles ha hecho públicas las bases reguladoras de la convocatoria unitaria de las pruebas selectivas para la cobertura en propiedad, mediante el sistema de concurso oposición por turno libre, de 12 plazas de Bombero de Ponferrada, vacantes en la plantilla de personal funcionario.
El objeto de las bases la convocatoria unitaria de pruebas selectivas, mediante el sistema de concurso oposición en turno libre, para la cobertura en propiedad, de doce plazas de Bombero, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Ponferrada, pertenecientes a la Escala de Administración Especial; Subescala, Servicios Especiales; Clase, Servicio de Extinción de Incendios; denominación, Bombero, dotadas presupuestariamente y con derecho a percibir las retribuciones básicas correspondiente al Grupo C, Subgrupo C1, según artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y complemento específico del puesto de trabajo.
La convocatoria unitaria incorpora 4 plazas correspondientes a la Oferta de Empleo Público para ejercicio 2021; 5 plazas correspondientes a la oferta de empleo adicional para el ejercicio 2022, al amparo de la disposición adicional 38ª de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022 y, tres plazas, correspondientes a la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2023.
Las personas que resulten nombradas para estas plazas quedarán sometidas, desde el momento de su toma de posesión, al régimen de incompatibilidades vigente y no podrá simultanear el desempeño de aquella con el de cualesquiera otras plazas, cargos o empleos remunerados con fondos del Ayuntamiento de Ponferrada, del Estado, de las Comunidades Autónomas, de Entidades o Corporaciones Locales, o de Empresas que tengan carácter oficial o relación con dichos Organismo, aunque los sueldos tengan carácter de gratificación o emolumentos de cualquier clase, ni con el ejercicio de actividades privadas, salvo autorización expresa de compatibilidad, cual sea legalmente posible.
A continuación puedes acceder a las bases completas:
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