El TSJCyL ordena repetir el juicio contra el agresor a Olegario Ramón en Ponferrada

La Sala de lo Civil y Penal anula parcialmente la sentencia de León y confirma la absolución por amenazas en los hechos del 11 de abril de 2024

13 de Julio de 2026
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Agresión sufrida por Olegario Ramón a las puertas de la sede del PSOE de Ponferrada
Agresión sufrida por Olegario Ramón a las puertas de la sede del PSOE de Ponferrada

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha decidido anular parcialmente la resolución emitida por la Audiencia Provincial de León respecto a los incidentes ocurridos el pasado 11 de abril durante una concentración frente a la sede del PSOE en Ponferrada. Esta decisión surge tras estimar parcialmente los recursos de apelación presentados contra dicha sentencia.

En concreto, la Sala ha ratificado la absolución dictada para uno de los acusados en relación con el delito de amenazas, considerando que la fundamentación ofrecida por el tribunal inferior es adecuada y razonable, descartando así motivos legales para revocar este fallo.

 

No obstante, respecto al otro acusado involucrado en estos hechos —quien fue absuelto inicialmente del delito de atentado—, el TSJCyL ha detectado deficiencias en la motivación que sustentó dicha absolución. La Sala señala que no se aportó una explicación suficiente sobre ciertos elementos probatorios cruciales para determinar si el acusado tenía conocimiento sobre la condición oficial del agredido, Olegario Ramón, presidente del Consejo Comarcal del Bierzo.

Es importante destacar que el tribunal superior no realiza una nueva valoración ni concluye si efectivamente existió ese conocimiento; únicamente advierte un vacío argumentativo que imposibilita mantener intacto el pronunciamiento absolutorio emitido por la Audiencia.

Olegario Ramón, líder del PSOE de Ponferrada | PSOE de Ponferrada
Olegario Ramón, líder del PSOE de Ponferrada | Foto: PSOE de Ponferrada

 

A raíz de esta insuficiencia, se ha declarado nula parcialmente la sentencia originaria y se ha ordenado celebrar un nuevo juicio oral con un órgano judicial diferente. Este proceso deberá resolver nuevamente las circunstancias vinculadas al acometimiento físico protagonizado durante aquella concentración.

Además, esta nulidad afecta también a la condena impuesta por delito de lesiones debido a que ambas decisiones —la absolución por atentado y dicha condena— se basan en los mismos hechos y comparten una valoración común de las pruebas.

Dado lo anterior, quedan pendientes otras cuestiones planteadas en los recursos, tales como la posible agravante por discriminación ideológica o las impugnaciones formuladas contra las penas relacionadas con lesiones. Estos aspectos deberán ser analizados dentro del nuevo juicio establecido.

Finalmente, cabe mencionar que esta resolución emitida por el TSJCyL aún no es definitiva y puede ser objeto de recurso ante el Tribunal Supremo.

El presidente Comarcal y exalcalde, Olegario Ramón, zarandeado y agredido en las protestas a las puertas de la sede del PSOE de Ponferrada
El presidente Comarcal y exalcalde, Olegario Ramón, zarandeado y agredido en las protestas a las puertas de la sede del PSOE de Ponferrada

 

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