El TSJ confirma la condena de 5 años de cárcel a un hombre por abusar sexualmente de su sobrina desde que tenía cuatro años

El dictamen emitido tras el recurso presentado por el condenado expone que las reticencias que plantea sobre el testimonio de la víctima "no empañan su credibilidad, ni hacen llegar a otra conclusión”

ICAL
12 de Febrero de 2024
Actualizado: 12 de Febrero de 2024 a las 14:15
Guardar
11 años de prisión para un hombre que agredió sexualmente a tres mujeres con discapacidad en León
11 años de prisión para un hombre que agredió sexualmente a tres mujeres con discapacidad en León

La Sala de lo Civil y Penal de este Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado íntegramente la condena de 13 años de cárcel impuesta por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León a un hombre por abusar sexualmente de su sobrina desde que ésta tenía cuatro años.

El dictamen emitido tras el recurso presentado por el condenado expone que las reticencias que plantea sobre el testimonio de la víctima "no empañan su credibilidad, ni hacen llegar a otra conclusión”.

El TSJ revoca la condena de la Audiencia Provincial de León a un religioso por abusos sexuales
El TSJ confirma la condena de 13 años de cárcel a un hombre por abusar sexualmente de su sobrina desde que tenía cuatro años en León

 

El recurrente se centró en cuestionar la credibilidad objetiva de la niña derivada del hecho de que no pudo datar el número de concretos episodios en los que se materializaron las agresiones sexuales sufridas por su parte, ni cuando empezaron, ni cuando terminaron, manifestando por su parte que fueron varias y el tribunal afirma al respecto que “que resulta completamente comprensible y explicable que la víctima no fuera capaz de exponer con detalles cada ocasión que recordaba en la que su tío le había agredido sexualmente, debiendo tenerse en cuenta que tenía cuatro años en el momento en el que comenzaron a suceder unos hechos y que pudieron terminar cuando tenía entre 11 y 12 años, si bien en el relato de hechos probados por seguridad jurídica se acota todavía más el período de tiempo en el que tuvieron lugar”.

También se le impuso, y ahora se ratifica, la prohibición de acercarse a menos de 500 de la víctima, que actualmente tiene 16 años, y de comunicarse o establecer con ella contacto escrito, verbal o visual, por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático por un periodo de seis años.